EL MEMORÁNDUM MIGRATORIO SOBRE LOS VENEZOLANOS
La administración saliente de Donald Trump emitió un memorándum para suspender medidas de deportación y/o expulsión de venezolanos en los próximos 18 meses. Este procedimiento excluye expresamente a los venezolanos que:
-Han regresado voluntariamente a Venezuela o a su país de última residencia habitual, fuera de Estados Unidos.
-No han residido continuamente en Estados Unidos desde el 20 de enero de 2021.
-Son inadmisibles bajo la sección 212 (a) (3) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (8 USC 1182 (a) (3)) o removibles bajo la sección 237 (a) (4) de la INA (8 USC 1227 (a) (4)).
-Que hayan sido condenados por cualquier delito mayor, o dos o más delitos menores en Estados Unidos.
-Que fueron deportados, excluidos o removidos antes del 20 de enero de 2021. -Sujetos a extradición. -Cuya presencia en Estados Unidos, según determine el secretario de Seguridad Nacional, no es de interés para EEUU o representa un peligro para la seguridad pública.
-Si el secretario de Estado tiene motivos razonables sobre consecuencias adversas de política exterior potencialmente graves para EEUU.
Además, Trump ordenó al secretario de Seguridad Nacional que tomara las medidas apropiadas para autorizar el empleo de los extranjeros cuya remoción se haya aplazado, según lo dispuesto en este memorando, mientras dure dicho aplazamiento.
Ahora bien, aunque la medida es bien recibida, deben cuatro aspectos importantes antes de proceder a analizar su contenido y aplicación.
1) No es un TPS, y por ende, no restituye ningún estatus migratorio.
2) Pareciera funcionar inicialmente solo para las nuevas deportaciones o remociones a partir de su promulgación, dejando un vacío por aclarar por el DHS para aquellos sobre quienes no se hayan ejecutado órdenes finales.
3) A menos que la nueva administración lo continúe luego de los 18 meses, no surtiría mayor efecto práctico, ya que la inmensa mayoría de las cortes de inmigración están fijando sus audiencias para finales del 2023 y principios del 2024; lo que quiere decir que las personas que tienen procesos de remoción ante Cortes de Inmigración tendrían una respuesta inicial a sus trámites pasada la vigencia de este instrumento o memorándum del DED. Los únicos que tendrían procesos más rápidos de Corte son los que están en detención. Serían quienes, en términos generales, pueden hacer uso de este instrumento, sobre todo pidiendo su libertad. Obviamente, por bajo que sea el número de beneficiados, todos importan.
4) Por último, el permiso de trabajo. No debemos apresurarnos a enviar solicitudes del permiso de trabajo hasta tanto USCIS publique los criterios de elegibilidad, ya que el instrumento expresa que será para quienes estén en remoción diferida.
No hay dudas de que se dio un paso importante para proteger a los venezolanos.l
siempre ha sido relegado a comedias y aquí tiene la oportunidad de levantar las alas con un personaje que podría haber sido solo una caricatura. En vez de esto, Derbez se compromete como el profesor de Ruby que la impulsa durante los momentos inevitables del filme”, agrega.
Este año, las alfombras rojas presenciales en medio de la nieve y el frío en Utah, donde se efectúa el festival, se cambiaron a diversas presentaciones de películas vía digital y CODA tuvo a su elenco en distintos
puntos de Estados Unidos.
En la película, Ruby es la única de la familia que habla y escucha, a diferencia de su madre, Jackee (Marlee Matlin), su padre, Frank (Troy Kotsur) y su hermano Leo (Daniel Durant), quienes son sordomudos por nacimiento.
La protagonista de la película, escrita y dirigida por Sian Heder, se debate entre perseguir su sueño de dedicarse a la música o mantenerse apegada su familia, que no ve con buenos ojos que ella esté entusiasmada con el coro de la escuela./REFORMA