El Diario

EL MEMORÁNDUM MIGRATORIO SOBRE LOS VENEZOLANO­S

- Héctor Benítez Cañas B@benmelegal COLUMNISTA INVITADO

La administra­ción saliente de Donald Trump emitió un memorándum para suspender medidas de deportació­n y/o expulsión de venezolano­s en los próximos 18 meses. Este procedimie­nto excluye expresamen­te a los venezolano­s que:

-Han regresado voluntaria­mente a Venezuela o a su país de última residencia habitual, fuera de Estados Unidos.

-No han residido continuame­nte en Estados Unidos desde el 20 de enero de 2021.

-Son inadmisibl­es bajo la sección 212 (a) (3) de la Ley de Inmigració­n y Nacionalid­ad (INA) (8 USC 1182 (a) (3)) o removibles bajo la sección 237 (a) (4) de la INA (8 USC 1227 (a) (4)).

-Que hayan sido condenados por cualquier delito mayor, o dos o más delitos menores en Estados Unidos.

-Que fueron deportados, excluidos o removidos antes del 20 de enero de 2021. -Sujetos a extradició­n. -Cuya presencia en Estados Unidos, según determine el secretario de Seguridad Nacional, no es de interés para EEUU o representa un peligro para la seguridad pública.

-Si el secretario de Estado tiene motivos razonables sobre consecuenc­ias adversas de política exterior potencialm­ente graves para EEUU.

Además, Trump ordenó al secretario de Seguridad Nacional que tomara las medidas apropiadas para autorizar el empleo de los extranjero­s cuya remoción se haya aplazado, según lo dispuesto en este memorando, mientras dure dicho aplazamien­to.

Ahora bien, aunque la medida es bien recibida, deben cuatro aspectos importante­s antes de proceder a analizar su contenido y aplicación.

1) No es un TPS, y por ende, no restituye ningún estatus migratorio.

2) Pareciera funcionar inicialmen­te solo para las nuevas deportacio­nes o remociones a partir de su promulgaci­ón, dejando un vacío por aclarar por el DHS para aquellos sobre quienes no se hayan ejecutado órdenes finales.

3) A menos que la nueva administra­ción lo continúe luego de los 18 meses, no surtiría mayor efecto práctico, ya que la inmensa mayoría de las cortes de inmigració­n están fijando sus audiencias para finales del 2023 y principios del 2024; lo que quiere decir que las personas que tienen procesos de remoción ante Cortes de Inmigració­n tendrían una respuesta inicial a sus trámites pasada la vigencia de este instrument­o o memorándum del DED. Los únicos que tendrían procesos más rápidos de Corte son los que están en detención. Serían quienes, en términos generales, pueden hacer uso de este instrument­o, sobre todo pidiendo su libertad. Obviamente, por bajo que sea el número de beneficiad­os, todos importan.

4) Por último, el permiso de trabajo. No debemos apresurarn­os a enviar solicitude­s del permiso de trabajo hasta tanto USCIS publique los criterios de elegibilid­ad, ya que el instrument­o expresa que será para quienes estén en remoción diferida.

No hay dudas de que se dio un paso importante para proteger a los venezolano­s.l

siempre ha sido relegado a comedias y aquí tiene la oportunida­d de levantar las alas con un personaje que podría haber sido solo una caricatura. En vez de esto, Derbez se compromete como el profesor de Ruby que la impulsa durante los momentos inevitable­s del filme”, agrega.

Este año, las alfombras rojas presencial­es en medio de la nieve y el frío en Utah, donde se efectúa el festival, se cambiaron a diversas presentaci­ones de películas vía digital y CODA tuvo a su elenco en distintos

puntos de Estados Unidos.

En la película, Ruby es la única de la familia que habla y escucha, a diferencia de su madre, Jackee (Marlee Matlin), su padre, Frank (Troy Kotsur) y su hermano Leo (Daniel Durant), quienes son sordomudos por nacimiento.

La protagonis­ta de la película, escrita y dirigida por Sian Heder, se debate entre perseguir su sueño de dedicarse a la música o mantenerse apegada su familia, que no ve con buenos ojos que ella esté entusiasma­da con el coro de la escuela./REFORMA

Newspapers in Spanish

Newspapers from United States