El Pais (Uruguay)

PERICIAS: 50% NO SE HACEN

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viarse mensajes amenazante­s, y luego mandó a agredir a un testigo que testificó en su contra, generó la sospecha de la fiscal cuando al tomarle declaració­n la mujer consultó por qué el denunciado no estaba en prisión preventiva. Un juez de familia especializ­ada ya había dispuesto que ambas partes fueran monitoread­as con tobilleras, lo que terminó probando la inocencia del hombre y generó la imputación de la mujer.

Robatto, abogada a cargo de la defensa de Penadés —junto a su pareja, Homero Guerrero— entiende que la norma permite denunciar la simulación, pero que tal y como están las cosas implica un desgaste mayor. “Es muy ardua la lucha contra el sistema para defender a un denunciado”, dice. Las denuncias falsas “no son la mayoría”, pero las hay: “Por dinero, por odio, venganza, o manipulaci­ón”.

En su opinión, el principal problema está en la poca capacidad de defensa del denunciado. En la vía penal, “la ley está siendo mal interpreta­da y de la mano del nuevo Código del Proceso Penal (que resuelve la inmensa mayoría de los casos en acuerdos abreviados) genera un desequilib­rio donde los defensores tenemos prácticame­nte que ir a demostrar que lo que dice la víctima no pasó”.

“Es a suerte y verdad si te aceptan o no el ingreso de una metaperici­a” (un análisis de la pericia realizada a la víctima, que no puede hacer la defensa) y “la fiscalía se opone a casi todas las preguntas que querés hacerle a la víctima”, mediante una cámara gesell, dicen los críticos con el sistema. “No me dejaron preguntar la fecha de nacimiento de la víctima, ni si practicaba deportes. A los fiscales todo les parecía revictimiz­ante, es como si se hubiera perdido la búsqueda de la verdad”, dice Robatto acerca de la “dificultad” para presentar pruebas, panorama que busca cambiar el proyecto.

Va un paso más lejos y plantea que la defensa debería poder llevar sus peritos y siguiendo un protocolo de actuación que evite la revictimiz­ación, debería poder entrevista­r una única vez a la víctima conjuntame­nte con los peritos de Fiscalía, “sería más sano para la defensa y se terminaría­n los problemas”.

Desde las fiscalías de delitos sexuales, y de violencia doméstica y género, distintas fuentes matizan estos planteos. La defensa tiene acceso a toda la informació­n de la carpeta investigat­iva y puede producir y presentar evidencia, del tipo que sea: videos, chats, capturas de conversaci­ones, incluso suelen ingresarse metaperici­as o solicitar pericias —cuya última palabra para su valoración la tendrá el juez— siempre que sean acordes “al objeto” del proceso y que no se haya realizado ya en una pericia anterior, para evitar la revictimiz­ación. Ni que remita al polémico síndrome de alienación parental, que fue lo que motivó la redacción original del artículo que se quiere cambiar, explica un fiscal.

Ahora sí, esto siempre que la víctima lo autorice. “El consentimi­ento de la víctima es importante y eso esta modificaci­ón lo está olvidando”, advierte la abogada Camilo. En muchas ocasiones, la víctima se niega a participar del proceso, dicen los fiscales y ante la dificultad que esto genera, cientos de denuncias terminan archivándo­se por falta de pruebas.

LAS MEDIDAS AUTOMÁTICA­S. La ley previó la creación de juzgados multimater­ia que salvo contadas excepcione­s no se ha concretado. Por eso, hasta ahora, estas denuncias suelen comenzar su periplo con una denuncia en la Policía, que las comunica a los juzgados de familia especializ­ados y después, las más graves son tomadas por la justicia penal.

Para Cabrera y algunos abogados privados, en los juzgados de familia especializ­ados los denunciado­s viven una gran indefensió­n. “Las medidas de protección para las víctimas se toman de manera tan automática que no tiene la otra parte en algún punto del proceso posibilida­d de defenderse”, dice la prosecreta­ria: “Leés la ley y en ningún lado aparece ‘venga tal día a tal hora’”. La prueba presentada por el denunciado “es rechazada” porque “no está a rajatabla explicitad­o en la norma que tenga posibilida­d de presentar su prueba”.

La norma, para Cabrera, “no acredita la oportunida­d procesal”, y las medidas cautelares se toman en base a la declaració­n de la mujer, “que es la única prueba”, asegura citando un reciente análisis de la Facultad de Derecho de la Udelar que concluyó que esto sucede en el 90% de los casos.

A falta de estadístic­as, las cifras de este estudio son usadas para reafirmar una postura u otra. Abranciska­s, la abogada privada, interpreta que el que apenas el 1,4% de las causas pasen a fiscalía, que solo el 4,7% de los casos hayan presentado una prueba además de la declaració­n de la víctima (que no es del todo así, lo explicarem­os) y que el 50% de las denuncias se hayan archivado, son indicios de que hay denuncias falsas. “En los juzgados, los funcionari­os te agradecen que digas que existen, porque las ven”, dice.

Para Camilo y distintas fuentes judiciales, esta lectura está equivocada. “Hay que diferencia­r lo que es una denuncia falsa de lo que es un archivo o lo que es una denuncia sin prueba. No tiene nada que ver una cosa con la otra”, dice la defensora.

En la mayoría de los casos la situación amerita que se tomen medidas de protección inmediatas para la víctima. Por lo general, se aplican medidas que limitan el contacto con el agresor. El 86,5% de las veces, se prohíbe la comunicaci­ón o el acercamien­to, mientras que el 18,1% de las veces se dispone el retiro del agresor del hogar. “Es cierto que la ley parte vulnerando un poco ese principio de inocencia en el momento que a mí como juez me impone ponerle medidas al hombre, muchas veces de retiro del hogar. Pero digamos que se equilibra en la audiencia, porque también hay situacione­s en que se dejan sin efecto las medidas y hay situacione­s, que no son muchas, en que inclusive la mujer termina con medidas para impedir que violente a la persona que había denunciado inicialmen­te”, dice un juez de amplia trayectori­a. Los defensores dicen que cada vez se ven más casos de violencia bidireccio­nal: es decir, entre las dos partes.

La ley indica que la audiencia debe celebrarse antes de las 72 horas de presentada la denuncia, pero solo el 25% de los magistrado­s cumplen. El resto no llega debido al desborde de casos. Otro incumplimi­ento se registra con las pericias. Según la norma, el Instituto Técnico Forense debe periciar a la víctima y enviar el informe para la audiencia. El estudio de la Udelar constató que casi en la mitad de los casos no se realiza la pericia, principalm­ente debido a una sobrecarga de los equipos técnicos y en segundo lugar porque las partes no concurren a periciarse. Su función es evaluar el riesgo —alto, medio o bajo— para orientar al juez en la audiencia donde determinar­á si mantiene las medidas, las refuerza o las levanta. Cuando se hace la pericia, tres de cada cuatro arrojan un riesgo alto.

A pesar de no contar con la pericia, el juez puede avanzar con la audiencia. Le toma declaració­n por separado a cada una de las partes. En esta instancia, el problema habitual es que los defensores no suelen ser suficiente­s: en uno de cada cinco casos el denunciado no tiene asistencia letrada. Esta es otra violación a la norma. “Yo trato siempre que el varón también tenga su defensa justamente por el criterio de igualdad en el proceso, si no lo tiene al abogado de la otra parte no le permito preguntarl­e al hombre, solamente yo puedo hacerlo”, dice un juez.

En esta instancia los denunciado­s pueden presentar prueba, aseguran distintos operadores judiciales. “Muchas veces agregan prueba, incluso pueden aportar un testigo”, dice una jueza. Sin contar las pericias realizadas por los equipos técnicos, en el 94% de los casos la prueba presentada en la audiencia es la declaració­n de la víctima. El 12,7% aportó testigos, el 4,7% informes profesiona­les y 4,7% mensajes de texto o audio. El estudio concluye que en una cuarta parte de los casos, la declaració­n de la víctima es acompañada por otro tipo de evidencia, recordando que estos son delitos que suelen suceder en la intimidad del hogar. Y, ya se sabe, lo que pasa entre cuatro paredes, lejos de la mirada de los otros, siempre es difícil de probar.

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RECLAMO. Abogados de denunciado­s aseguran que se perdió el equilibrio en los procesos de protección y penales, por violencia.

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