Pau Rigo, absuelto
La sentencia opta por exculparle ante las dudas sobre lo que dijo el jurado
La sentencia del crimen de Porreres finalmente absuelve a Pau Rigo de homicidio. La magistrada encargada de resolver toma esta decisión ante las dudas que genera el veredicto del jurado y la mayoría insuficiente para optar por condenarle, como reclamaba la Fiscalía. Así, el hombre de 83 años que disparó y mató a uno de los dos hermanos que asaltó su vivienda para robarle, queda a la espera de posibles recursos ante el TSJIB y el Tribunal Supremo ante la inconsistencia de lo que ocurrió en el juicio y las enormes dudas sobre el resultado.
Los que quedan condenados sin esa sombra de duda son los tres acusados por el robo en la vivienda en febrero de 2018. La sentencia impone una condena de cuatro años y ocho meses a José Antonio Sánchez Lara y de
cuatro años y seis meses a Marcos Rotger Vidal, los dos cerebros del robo y de tres años a Fredy Escobar, el hermano del hombre fallecido, Mauricio Escobar. A este tercer acusado también le impone una pena de dos años de prisión por un delito de lesiones.
Opciones
La magistrada recuerda que los miembros del jurado descartaron tras el juicio de forma claro que la respuesta de Rigo al asalto fuera un homicidio intencionado sin ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad. También descartaron de forma clara que actuara por legítima defensa
RECURSOS
empleando medios desproporcionados o que tuviera anuladas de manera absoluta sus facultades mentales. La opción que declararon probada por cinco votos frente a cuatro es tenía estas facultades afectadas, lo que hubiera implicado una condena en la línea de lo que solicitaba Fiscalía, de cuatro años de prisión. Sin embargo, la magistrada descarta esta opción por esa mayoría insuficiente de 5 a 4, dado que, para condenar es necesaria una mayoría de 7 a dos miembros del jurado como mínimo.
«A juicio de la que suscribe, los jurados gravitaban en dos direcciones, hacia una absolución o hacia una condena atenuada. Ante la duda de lo que realmente quisieron revelar debe estarse a un pronunciamiento absolutorio al no haberse alcanzado las mayorías adecuadas. Todas estas dudas, no despejadas, me llevan
a la aplicación del principio in dubio pro reo a favor de Pau Rigo y la absolución», señala la resolución. La sentencia llega después de que el TSJIB rechazara la primera opción planteada por la magistrada ante el escenario que generan los errores del objeto de veredicto y la votación.
Recursos
Esa alternativa suponía repetir el juicio al no poder pronunciarse la magistrada sobre la intención del jurado y decretar una nulidad de todo lo que se había hecho, tal y como propugnaba la acusación pública. Sin embargo, el TSJIB consideró necesario un pronunciamiento de la magistrada. A partir de este momento empezarán a funcionar los cauces de recurso ordinario sobre esta resolución: primero ante el Tribunal Superior y luego, el Supremo.
A partir de esta sentencia se pondrán en marcha los recursos ante el TSJIB y luego ante el Tribunal Supremo