La Vanguardia

Integral rebajado

- MADRID

El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto que amplía la definición del pan común, que soporta un IVA reducido del 4%, a variedades elaboradas con cereales, harina integral o salvado, así como los bajos en sal, sometidos hasta ahora a una tributació­n del 10%.

Con un nuevo decreto ley, aprobado ayer en Consejo de Ministros, aumentan las variedades de pan que a partir de ahora pasan de tener un IVA del 10% al 4%. De esta forma, además de los panes elaborados con harina de trigo, estarán gravados con el tipo superreduc­ido otros productos similares como los panes integrales, los de otros cereales aparte del trigo, los hechos con salvado o los bajos en sal.

Esta rebaja del IVA se produce después de que la nueva regulación, que establece las normas básicas de calidad para la elaboració­n de pan, amplíe la definición del “pan común”.

El real decreto define qué se entiende por elaboració­n artesana del pan, “en la que debe primar el factor humano frente al mecánico y los requisitos que se deben cumplir para poder incluir esta mención en el etiquetado de los productos”. La nueva norma establece también la denominaci­ón de “elaborado con masa madre”, restringie­ndo la utilizació­n de levaduras industrial­es.

La regulación recoge otras novedades, como limitar la cantidad de sal que se puede utilizar a la hora de elaborar pan. Según explicó el Gobierno, los niveles de sal los han negociado con el resto de administra­ciones. Además, establece que, para llevar la denominaci­ón de pan integral, sea obligatori­o que esté hecho al 100% por este tipo de harina. En el caso de fórmulas mixtas, la informació­n de la etiqueta deberá indicar cuál es el porcentaje de harina integral empleado.

También son más estrictos con la informació­n de los panes elaborados con otras harinas como la de centeno, siempre que quieran llevar la identifica­ción de un solo cereal. Al tiempo, definen qué se considera pan multicerea­l.

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