La Vanguardia

Ginecólogo abortista

El Tribunal Supremo rebaja considerab­lemente la condena a Carlos Morín.

- SANTIAGO TARÍN Barcelona

El Tribunal Supremo ha cerrado el caso de los abortos ilegales en Barcelona y ha rebajado la condena al ginecólogo Carlos Morín. De los once casos por los que fue condenado, le ha absuelto de ocho y le imputa tres, con una pena de seis meses de prisión por cada uno de ellos. Según el Alto Tribunal, en los otro ocho no hay datos que permitan deducir que no se hicieron revisiones psiquiátri­cas antes de la intervenci­ón, y en ninguno se trata de los plazos marcados por la ley.

De esta forma, se rebaja notablemen­te la pretensión de la Fiscalía. En un inicio, el Ministerio Público le imputaba 89 casos. La Audiencia de Barcelona le condenó por once a seis meses de prisión por cada uno, y ahora el Supremo sólo ve tres abortos irregulare­s. De todas formas, por mor de la aritmética penitencia­ria, la pena es la misma: cuando se acumulan varias, es la triple de la mayor. En todas las situacione­s, la mayor es seis meses, y el triple, 18; un año y medio que no debe suponer el cumplimien­to de forma obligatori­a.

Este es un asunto de largo recorrido en los tribunales. En el 2006, el juzgado de instrucció­n 33 de Barcelona abrió una investigac­ión sobre las actividade­s de Carlos Morín y sus cuatro clínicas ginecológi­cas ubicadas en la ciudad, bajo la marca Ginemedex. En noviembre del 2007 se ordenó la entrada y registro en los centros y se detuvo a Morín, a su esposa (que también estaba vinculada a ellos) y a una auxiliar. En diciembre se detuvo a siete personas más, todas ellas personal médico. Entonces se considerar­on sospechosa­s 115 operacione­s de aborto, por no cumplir los requisitos de la ley.

A finales del 2012, el asunto llegó a juicio en la sección sexta de la Audiencia de Barcelona, con once personas en el banquillo de los acusados y 89 intervenci­ones bajo investigac­ión. La Fiscalía solicitó 237 años de cárcel por asociación ilícita, falsedad y abortos fuera de la ley por dos motivos: estar fuera del plazo en que se podía practicar (22 semanas) o no haber pasado la consulta de un psicólogo o psiquiatra. Muchas de las mujeres que habían solicitado la interrupci­ón del embarazo testimonia­ron ante los magistrado­s. Se dieron casos en que las pacientes habían sido derivadas desde la sanidad pública y otros con graves malformaci­ones. A principios del 2013 se hizo pública la sentencia, que absolvía a todos los imputados.

Sin embargo, la Fiscalía y las acusacione­s particular­es, encarnadas por las asociacion­es E-Cristians y Alternativ­a Española, recurriero­n al Tribunal Supremo. Una de las causas es que se había rechazado como prueba una grabación realizada con cámara oculta por una televisión danesa y un reportaje en la prensa británica. El Supremo anuló la sentencia y ordenó repetir el juicio. La misma sala, pero con magistrado­s distintos, volvió a llevar a cabo las sesiones.

Las mujeres tuvieron que pasar de nuevo por la sala de vistas, lo mismo que los autores de los trabajos periodísti­cos. Esa vez, los jueces condenaron a Morín y al psicólogo Pascual Javier Ramón Mora por once abortos en los que se habría falsificad­o el dictamen psicológic­o, porque no se hizo. Los otros nueve acusados fueron absueltos.

Ahora el Tribunal Supremo ha vuelto a revisar el asunto y ha tenido en considerac­ión las tesis del abogado de Morín, Miguel Capuz, en el sentido de que se vulneró la presunción de inocencia de su patrocinad­o ante la carencia de examen psiquiátri­co. Según el Alto Tribunal, de las declaracio­nes de las mujeres y la documentac­ión intervenid­a en los centros médicos no se puede deducir que no se efectuaran las entrevista­s en ocho de los asuntos por los que fue condenado, de manera que se le debe absolver por ellos, por lo que no hay pruebas fehaciente­s de su inexistenc­ia, aunque así lo consideró la Audiencia de Barcelona. De esta manera, tan sólo quedan fuera de la ley tres intervenci­ones, en las que no consta este trámite.

El Tribunal Supremo hace las mismas considerac­iones respecto de Ramón Mora, defendido por el letrado Juan Javier Antequera, y no considera probado que no actuara en esos ocho casos, manteniend­o sólo la condena por tres.

La pena total es de 18 meses de prisión, que no debe suponer cumplimien­to de forma obligatori­a

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KIM MANRESA / ARCHIVO El doctor Carlos Morín, a la derecha, ante la Audiencia de Barcelona

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