Constitucional y Supremo rechazan los primeros recursos contra el 155
Los jueces consideran prematuro pronunciarse sobre la legalidad de las medidas
Los dos primeros asaltos del combate jurídico que la Generalitat va a sostener contra la aplicación del artículo 155 de la Constitución se saldaron ayer, en tiempo récord, en contra de las instituciones catalanas. Se trataba de las iniciativas presentadas ante el Tribunal Constitucional (TC) y el Tribunal Supremo (TS) con la intención en ambos casos de que sirvieran para frenar en seco las medidas para intervenir la Generalitat. Pero no dieron en la diana.
En resoluciones dictadas desde Sevilla, donde el TC participa en un encuentro internacional sobre la jurisdicción constitucional, el TC inadmitió primero los recursos de amparo presentados por PDECat y ERC, por considerar que con la mera puesta en marcha del 155 no se están vulnerando derechos fundamentales. El recurso consideraba que se habían atacado los derechos de participación política de los ciudadanos a través de sus representantes cuando el Senado empezó a tramitar la solicitud del Gobierno para desplegar medidas concretas con el fin de intervenir la Generalitat. El TC respondió apreciando una “manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo”.
Hubo otra iniciativa paralela del abogado barcelonés Oriol Casals, quien solicitaba la nulidad del acuerdo del Consejo de Ministros que puso en marcha el 155. A su juicio, dicho acuerdo vulnera preceptos constitucionales y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. En este caso, el TC contesta que el recurso es prematuro, cuando las medidas propuestas por el Gobierno todavía no han sido aprobadas por el Senado.
Obviamente, que la impugnación sea prematura no equivale a que carezca de fundamento. De hecho, las primeras iniciativas contra la aplicación del 155 no han dado en el blanco porque en realidad eran sobre todo disparos de tanteo. La munición jurídicamente gruesa vendrá con los recursos de inconstitucionalidad que puedan presentarse. Los de amparo pretendían sobre todo que se detuviera cautelarmente la aplicación del artículo 155, y tal objetivo era difícilmente alcanzable, por no decir imposible de lograr, cuando ni siquiera se ha terminado su tramitación en el Senado.
El segundo disparo fallido tuvo como escenario la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo. Por esta vía también se perseguía que, como medida cautelarísima, se detuviera la aplicación del citado mecanismo constitucional, el artículo 155 de la Carta Magna, para devolver a la comunidad autónoma al carril de la legalidad. Aquí se presentó un recurso de la Generalitat como tal y otros en paralelo del president Carles Puigdemont y de sus consellers. Por la primera vía se pretendía la suspensión del acuerdo del Consejo de Ministros que inició la puesta en marcha del 155, por entenderse que causaría perjuicios irreversibles a la administración autonómica. Y por la segunda se apelaba también a la protección de los derechos fundamentales de los recurrentes.
El Supremo, sin embargo, se pronunció en términos similares al TC, al considerar que el citado acuerdo del Consejo de Ministros fue sólo un “acto de iniciación de un procedimiento constitucional” para intervenir una comunidad autónoma, pero que en sí mismo no ha producido los efectos lesivos irreversibles que sostiene la Generalitat. Claramente, el objetivo de todas estas iniciativas era, sobre todo, recorrer el camino judicial interno en España para poder acudir luego ante la justicia europea. Para hacerlo, acudir previamente a las instancias internas es un requisito imprescindible.
En paralelo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional pidió ayer que se rechacen los recursos presentados por los presidentes de la ANC y de Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente, contra su encarcelamiento. La Fiscalía ya fue la instancia que pidió el ingreso de ambos en prisión por el supuesto delito de sedición al estimar que existe riesgo de reiteración delictiva. Al mismo tiempo, la Audiencia Nacional ha rechazado varias denuncias y querellas contra Puigdemont, Junqueras y Forcadell por estimar que, mientras sigan en sus cargos, todos ellos están aforados ante el TSJ de Catalunya.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional pide que Sànchez y Cuixart sigan en prisión incondicional