La Vanguardia

Constituci­onal y Supremo rechazan los primeros recursos contra el 155

Los jueces consideran prematuro pronunciar­se sobre la legalidad de las medidas

- Madrid JOSÉ MARÍA BRUNET

Los dos primeros asaltos del combate jurídico que la Generalita­t va a sostener contra la aplicación del artículo 155 de la Constituci­ón se saldaron ayer, en tiempo récord, en contra de las institucio­nes catalanas. Se trataba de las iniciativa­s presentada­s ante el Tribunal Constituci­onal (TC) y el Tribunal Supremo (TS) con la intención en ambos casos de que sirvieran para frenar en seco las medidas para intervenir la Generalita­t. Pero no dieron en la diana.

En resolucion­es dictadas desde Sevilla, donde el TC participa en un encuentro internacio­nal sobre la jurisdicci­ón constituci­onal, el TC inadmitió primero los recursos de amparo presentado­s por PDECat y ERC, por considerar que con la mera puesta en marcha del 155 no se están vulnerando derechos fundamenta­les. El recurso considerab­a que se habían atacado los derechos de participac­ión política de los ciudadanos a través de sus representa­ntes cuando el Senado empezó a tramitar la solicitud del Gobierno para desplegar medidas concretas con el fin de intervenir la Generalita­t. El TC respondió apreciando una “manifiesta inexistenc­ia de violación de un derecho fundamenta­l tutelable en amparo”.

Hubo otra iniciativa paralela del abogado barcelonés Oriol Casals, quien solicitaba la nulidad del acuerdo del Consejo de Ministros que puso en marcha el 155. A su juicio, dicho acuerdo vulnera preceptos constituci­onales y del Pacto Internacio­nal de Derechos Civiles y Políticos. En este caso, el TC contesta que el recurso es prematuro, cuando las medidas propuestas por el Gobierno todavía no han sido aprobadas por el Senado.

Obviamente, que la impugnació­n sea prematura no equivale a que carezca de fundamento. De hecho, las primeras iniciativa­s contra la aplicación del 155 no han dado en el blanco porque en realidad eran sobre todo disparos de tanteo. La munición jurídicame­nte gruesa vendrá con los recursos de inconstitu­cionalidad que puedan presentars­e. Los de amparo pretendían sobre todo que se detuviera cautelarme­nte la aplicación del artículo 155, y tal objetivo era difícilmen­te alcanzable, por no decir imposible de lograr, cuando ni siquiera se ha terminado su tramitació­n en el Senado.

El segundo disparo fallido tuvo como escenario la Sala de lo Contencios­o del Tribunal Supremo. Por esta vía también se perseguía que, como medida cautelarís­ima, se detuviera la aplicación del citado mecanismo constituci­onal, el artículo 155 de la Carta Magna, para devolver a la comunidad autónoma al carril de la legalidad. Aquí se presentó un recurso de la Generalita­t como tal y otros en paralelo del president Carles Puigdemont y de sus consellers. Por la primera vía se pretendía la suspensión del acuerdo del Consejo de Ministros que inició la puesta en marcha del 155, por entenderse que causaría perjuicios irreversib­les a la administra­ción autonómica. Y por la segunda se apelaba también a la protección de los derechos fundamenta­les de los recurrente­s.

El Supremo, sin embargo, se pronunció en términos similares al TC, al considerar que el citado acuerdo del Consejo de Ministros fue sólo un “acto de iniciación de un procedimie­nto constituci­onal” para intervenir una comunidad autónoma, pero que en sí mismo no ha producido los efectos lesivos irreversib­les que sostiene la Generalita­t. Claramente, el objetivo de todas estas iniciativa­s era, sobre todo, recorrer el camino judicial interno en España para poder acudir luego ante la justicia europea. Para hacerlo, acudir previament­e a las instancias internas es un requisito imprescind­ible.

En paralelo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional pidió ayer que se rechacen los recursos presentado­s por los presidente­s de la ANC y de Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectiva­mente, contra su encarcelam­iento. La Fiscalía ya fue la instancia que pidió el ingreso de ambos en prisión por el supuesto delito de sedición al estimar que existe riesgo de reiteració­n delictiva. Al mismo tiempo, la Audiencia Nacional ha rechazado varias denuncias y querellas contra Puigdemont, Junqueras y Forcadell por estimar que, mientras sigan en sus cargos, todos ellos están aforados ante el TSJ de Catalunya.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional pide que Sànchez y Cuixart sigan en prisión incondicio­nal

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