El Supremo acelera el caso Homs para que vaya a juicio antes de primavera
El procedimiento sobre la actuación del portavoz parlamentario del PDECat, Francesc Homs, con respecto a la consulta del 9-N ha permanecido paralizado en el Tribunal Supremo (TS) durante las últimas semanas, a la espera de la concesión del suplicatorio. Una vez obtenida la autorización de las Cortes, la Sala Penal va a impulsar el proceso para que el juicio –o, en su caso, el archivo de la investigación– pueda producirse en breve plazo. Las fuentes jurídicas consultadas estiman que en el primer supuesto la vista oral puede tener lugar durante los meses de marzo o a lo sumo abril del año próximo.
Hasta llegar a ese punto, sin embargo, la investigación debe pasar por varias fases procesales, que transcurrirán con más o menos rapidez según cuál sea la estrategia que adopten las partes. En este asunto sólo hay dos, la Fiscalía y la defensa. El fiscal cree que no hay mucho más que averiguar y, por tanto, interesará el cierre del caso sin muchas más diligencias. La defensa, en cambio, puede optar por solicitar nuevas pruebas y, con ello, dilatar el procedimiento si ése es su interés, ya sea en busca de beneficios en la causa o fuera de ella, en el ámbito político, en un caso que obviamente tiene repercusiones de esta naturaleza.
El magistrado instructor de la causa, Andrés Palomo, será, sin duda, escrupuloso con el derecho de defensa. Cualquier juez o tribunal está en la obligación de serlo siempre, pero el Supremo es muy consciente de que en este caso debe actuar con mucha cautela, no ya por la atención que despierte el asunto, sino porque es muy probable que acabe ante instancias judiciales europeas. Las fuerzas soberanistas en general y Homs en particular han venido cuestionando la existencia o la efectividad de la separación de poderes en España a raíz de esta causa judicial. La Sala Penal no va a entrar en el debate, pero desde luego evitará alimentarlo.
Cabe esperar, en suma, que en breve el juez instructor, una vez acordadas o rechazadas las diligencias que se le propongan, dicte el auto de transformación del procedimiento abreviado, una decisión equivalente al procesamiento. Luego se emplazaría al fiscal para que presente un escrito de acusación con la descripción y calificación de los hechos. El siguiente paso es el auto de apertura del juicio oral, con traslado a la defensa para que formule sus conclusiones. Todo ello, naturalmente, siempre que la Fiscalía mantenga la acusación y no haya pedido el sobreseimiento. Esta hipótesis es proco probable, porque el fiscal ha impulsado la causa, estimando que el exconseller de Presidència habría cometido el 9-N delitos de desobediencia y prevaricación, a los que corresponden penas de inhabilitación.