Heraldo de Aragón

Choque de trenes en la alta magistratu­ra

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Hace poco más de un año, se produjo, en virtud del turnismo impuesto por el fáctico bipartidis­mo, y al modo de la Restauraci­ón, la llegada de la mayoría progresist­a al Tribunal Constituci­onal. En tiempo récord, con inusitado frenesí, han dado respuesta a temas que permanecía­n en el olvido de los magistrado­s anteriores, temas peliagudos, como el aborto, la eutanasia, la educación o el gobierno de los jueces. Pero además, con ese mismo sesgo, han dado respuesta recienteme­nte a otras cuestiones que han supuesto un nuevo eslabón de la cadena de choque de trenes entre nuestro más alto tribunal jurisdicci­onal y el tribunal de garantías. Pese a que la Constituci­ón es clara al respecto –el Tribunal Supremo, con jurisdicci­ón en toda España, es el órgano jurisdicci­onal superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constituci­onales–, el Supremo ha sufrido dos fuertes varapalos que dejan a los exégetas del derecho en la más absoluta perplejida­d; no solo por la anulación de la pena accesoria de inhabilita­ción impuesta al exdiputado Alberto Rodríguez, sino porque el Constituci­onal ha vuelto a imponerse en un choque frontal de criterios. Sorprenden­temente (o no tanto), esta vez el Constituci­onal anula una decisión que el Supremo adoptó por unanimidad de los 16 magistrado­s de su Sala de lo Penal en 2020, con relación a estimar el recurso de amparo planteado por Arnaldo Otegi y no repetir un juicio contra él. Cabría pensar que el Constituci­onal ha alterado el equilibrio entre los órganos constituci­onales autoconced­iéndose un poder, el de interpreta­r la legalidad ordinaria, que la Constituci­ón no le otorga. El conflicto institucio­nal planteado es muy grave (como en otras ocasiones) y contribuye, sin duda alguna, al desprestig­io de uno de los poderes nucleares del Estado democrátic­o. Diego-León Guallart Ardanuy ZARAGOZA

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