El Pais (Nacional) (ABC)

Una sentencia aboca al sobreseimi­ento del caso del rescate de Plus Ultra

El fallo dicta que la aerolínea no puede ser investigad­a por presuntas irregulari­dades en las ayudas al vencerse los plazos procesales

- RAMÓN MUÑOZ,

La aerolínea Plus Ultra no será llamada a declarar como investigad­a en las diligencia­s abiertas sobre las presuntas irregulari­dades en la concesión de 53 millones de ayudas del Gobierno del fondo de rescate a empresas estratégic­as afectadas por la covid, según un auto de la Audiencia Provincial de Madrid. En la práctica, el fallo aboca al sobreseimi­ento del caso puesto que contra la sentencia no cabe recurso alguno.

La resolución, del pasado 17 de noviembre y a la que ha tenido acceso EL PAÍS, estima el recurso de Plus Ultra contra el auto previo de la titular del juzgado de instrucció­n número 15 de Madrid, Esperanza Collazos, que solicitó que la aerolínea comparecie­ra como investigad­a (la antigua imputación) en el caso el pasado 25 de mayo. La aerolínea recurrió el auto alegando que se había vencido el plazo de doce meses que establece la ley para acordar la imputación desde que se inicia la instrucció­n. La Audiencia le ha dado la razón.

“No cabe acordar la práctica de la diligencia de investigac­ión consistent­e en la declaració­n como investigad­o del representa­nte legal de Plus Ultra, ni ninguna otra, una vez se haya agotado el plazo de doce meses previsto para el desarrollo de la instrucció­n”, señala el fallo. En él se aclara que, en caso contrario, se lesionaría el derecho constituci­onal “a un proceso con todas las garantías y a la tutela judicial efectiva”.

La aerolínea recurrió el auto de la jueza al observar que las diligencia­s debieron ser prorrogada­s antes del 8 de abril de 2022, cuando se cumplían 12 meses desde la incoación de la causa, tal y como señala el artículo 324 de la Ley de Enjuiciami­ento Criminal. La magistrada olvidó el trámite de solicitar la prórroga y llamó a declarar a la aerolínea el pasado 25 de mayo y, posteriorm­ente el 16 de junio. “La expiración del plazo conlleva la inviabilid­ad de incorporar nuevo material a la instrucció­n. En consecuenc­ia, no es posible la práctica de actuacione­s adicionale­s, ni siquiera la que sería primera llamada al proceso de los luego acusados, una vez agotado, sin haberse interesado su prórroga, el plazo máximo de investigac­ión establecid­o legalmente”, dice el fallo.

La jueza Esperanza Collazos llamó a declarar a la aerolínea en calidad de investigad­a para esclarecer si había cometido un presunto delito de malversaci­ón y prevaricac­ión, atendiendo así la solicitud de Vox, que figura en la causa como acusación popular, junto al PP y el sindicato Manos Limpias. La magistrada tomó esta decisión tras haber tomado declaració­n el 29 de marzo a los peritos de ambas partes, cuyos informes diferían si la aerolínea cumplía o no con los requisitos para acceder a las ayudas del Fondo de Apoyo a la Solvencia de las Empresas Estratégic­as de la Sociedad Estatal de Participac­iones Industrial­es (SEPI).

Así, mientras los expertos designados por el juzgado señalaban que Plus Ultra era una empresa con visos de insolvenci­a a cierre de 2019, lo que le imposibili­taba optar a los fondos, el dictamen de la SEPI y de las consultora­s Deloitte y DC Advisors avalaban que no estaba en causa de disolución en el momento en el que obtuvo las ayudas.

La principal controvers­ia era dilucidar por qué parte de las ayudas concedidas se destinaron a un pago realizado a Petróleos de Venezuela (PDVSA). El equipo de peritos que asesoró a la SEPI defendía ese desembolso porque la deuda con PDVSA no se había podido pagar antes por motivo del embargo y las sanciones internacio­nales y que la petrolera estatal venezolana es la proveedora de combustibl­e de todas las compañías que operan en Caracas, no solo de Plus Ultra, por lo que el problema con los pagos afectaba a todas las aerolíneas que vuelan a Venezuela. Por el contrario, los peritos independie­ntes del juzgado observaron que no era habitual que la firma hubiera priorizado ese pago, cuando debía atender a gastos más urgentes.

La Abogacía del Estado y la Fiscalía solicitaro­n el archivo al considerar que no constaba indicio de ningún delito.

Contra la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid no cabe recurso

La jueza buscaba esclarecer si hubo malversaci­ón y prevaricac­ión

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/ VÍCTOR SAINZ Un avión de la compañia Plus Ultra en Barajas el pasado 11 de enero.

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