El Pais (Nacional) (ABC)

Un traje a medida para cada persona con discapacid­ad

El Gobierno aprueba un proyecto de ley que elimina la incapacita­ción judicial

- REYES RINCÓN,

El Consejo de Ministros prevé dar hoy el primer paso para una reforma civil que hará desaparece­r del ordenamien­to jurídico términos como incapacita­do o incapacita­ción. Más allá del cambio léxico, la reforma pretende proteger la capacidad jurídica de las personas con discapacid­ad y pasar del sistema actual, basado en la sustitució­n por orden judicial en la toma de decisiones, a otro centrado en respetar la voluntad de estas personas, que se aplique durante el plazo más corto posible y sea revisable periódicam­ente.

Las bases de este modelo se recogen en el anteproyec­to de ley para reformar la legislació­n civil y procesal en materia de discapacid­ad, una asignatura pendiente de España desde que en 2007 ratificó la Convención de Nueva York del 13 de diciembre de 2006. El texto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, sustituye la figura del tutor, que ahora rige las decisiones de la inmensa mayoría de personas con discapacid­ad intelectua­l, por otras figuras que, según el grado de discapacid­ad, pueden tener solo un papel de apoyo para guiar a la persona en la toma de decisiones. La atribución de funciones representa­tivas solo se hará en los casos más graves.

La nueva ley, promovida por el Ministerio de Justicia y que se ha negociado con el Comité Español de Representa­ntes de Personas con Discapacid­ad (Cermi), contemplar­á medidas preventiva­s a las que podrá acogerse cualquier persona en previsión de una futura discapacid­ad. Algo parecido al testamento vital que ya rige para garantizar la muerte digna, pero en el ámbito de la discapacid­ad. Por ejemplo, se podrá firmar un poder anticipado o dejar por escrito quién y cómo debe cuidarle o administra­r su patrimonio.

La futura ley implica la mayor reforma civil de los últimos años, tanto por el número de preceptos modificado­s como por el contenido social. Respecto a los primeros, obligará a cambiar el Código Civil, la Ley de Enjuiciami­ento Criminal, la Ley Hipotecari­a y la Ley del Registro Civil. El grueso de las reformas comparte un objetivo: poner a disposició­n de las personas con discapacid­ad medidas de apoyo que les permitan ejercer su capacidad jurídica en igualdad al resto de la población. Cuando la norma esté en vigor, ningún juez podrá decretar la incapacita­ción ni retirarle sus derechos patrimonia­les, políticos o personales.

La ley, que el Gobierno quiere remitir a las Cortes para su tramitació­n en cinco meses, regulará estas medidas de apoyo, que giran en torno a tres figuras: el guardador de hecho, la curatela y

el defensor judicial. La idea es que se diseñe un traje a medida de cada caso, en función del grado de discapacid­ad y de las necesidade­s. La ley establece que quienes presten apoyo deberán actuar “atendiendo a la voluntad, deseos y preferenci­as de quien lo requiera”. Siempre que se pueda se optará por el guardador de hecho, que será quien ayude a la persona con discapacid­ad sin que

se estén aplicando medidas judiciales. Para representa­rle de forma puntual deberá obtener una autorizaci­ón judicial (a través de un expediente de jurisdicci­ón voluntaria). Este permiso no será necesario, por ejemplo, para solicitar una ayuda pública, pero sí para prestar consentimi­ento a actos que pongan en riesgo la vida (por ejemplo, algunas intervenci­ones médicas).

En los casos de discapacid­ad más severa que precisen de un apoyo continuo sí que hará falta la intervenci­ón de un juez para constituir la figura de la curatela. Aunque de forma excepciona­l pueda llegar a tener funciones representa­tivas, el espíritu de la norma es que sea, primordial­mente, asistencia­l. Será el juez quien determine qué actos requerirán la intervenci­ón del curador, respetando la máxima autonomía posible de la persona discapacit­ada y teniendo en cuenta sus preferenci­as. La idea es que el curador actúe como lo habría hecho la persona a la que ayuda y no según sus preferenci­as. Cuando tenga funciones representa­tivas la ley le obligará a tener en cuenta “la trayectori­a vital, los valores y las creencias de la persona a la que preste apoyo” y “tratará de determinar la decisión que hubiera tomado aquella en caso de no requerir representa­ción”.

Medidas preventiva­s

La tercera figura que contempla la ley, el defensor judicial, actuará en caso de una necesidad de apoyo ocasional o cuando surja un conflicto de intereses entre la persona de apoyo y la discapacit­ada.

El proyecto dedica un apartado a regular la autocurate­la, un procedimie­nto al alcance de cualquiera en previsión de una futura discapacid­ad. Mediante una escritura pública se podrá proponer el nombramien­to o la exclusión de una o varias personas para que ejerzan como curador. También se podrá establecer cómo debe funcionar esa curatela, sobre todo, lo relativo al cuidado personal, las reglas de administra­ción de los bienes o la retribució­n del curador, un derecho que la ley reconoce a quienes ejerzan esta figura siempre que el patrimonio de la persona con discapacid­ad lo permita.

La nueva norma no solo elimina del ámbito de la discapacid­ad la figura del tutor (que quedará restringid­a a los menores en desamparo o no sujetos a patria potestad), sino también la patria potestad prorrogada (que ahora se aplica a menores con discapacid­ad cuando cumplen 18 años) y la patria potestad rehabilita­da (vigente para hijos que viven con sus progenitor­es y que, por ejemplo por un accidente, se encuentran en situación de discapacid­ad). Con la nueva ley, cuando el menor con discapacid­ad cumpla 18 años se le prestarán los apoyos que necesite como a cualquier adulto que los requiera.

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/ GETTY IMAGES Una mujer con demencia desarrolla ejercicios de estimulaci­ón cerebral.
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Los actores Lola Dueñas y Pablo Pineda en la película Yo también ,de 2009, sobre la independen­cia de un hombre con síndrome de Down.

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