El TC admite el recurso del PP por la exclusión de la candidatura de Toni Cantó
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del PP contra la decisión de un juez de lo Contencioso-Administrativo de excluir de la lista encabezada por Isabel Díaz Ayuso a Toni Cantó y a Agustín Conde por ser “inelegibles” de cara a las próximas elecciones al empadronarse fuera de plazo.
En una resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, los magistrados del tribunal de garantías acuerdan admitir la impugnación al entender que concurre “una especial trascendencia constitucional”, dado que “el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina” en relación al derecho de participación política.
El PP alega que “no es cierto que exista un requisito de empadronamiento previo al cierre del censo”, ya que “jamás se ha exigido hasta este caso, en que un juzgado unipersonal ha decidido que así era, contraviniendo a la Junta Electoral Provincial de Madrid”, que en un primer momento había dado la razón al PP y sí avaló las candidaturas de Cantó y Conde.
El TC resolverá este viernes si ambos pueden ir en la lista de Ayuso, tras la decisión del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 5 de Madrid que estimó el recurso que interpuso el PSOE madrileño contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid y consideró a ambos candidatos inelegibles por haberse empadronado en la Comunidad de Madrid después del cierre del censo electoral.
Según el PP, el Juzgado de lo Contencioso “fabrica” jurisdiccionalmente “ex novo” un requisito “no establecido por la ley ni amparado por interpretaciones previas de la misma, el de que deben reunirse los requisitos para ser candidato no el día de presentación de la candidatura sino el día de cierre censal”.