Diario de Noticias (Spain)

¿Qué pasa si alguien tiene programado un viaje vacacional y es convocado para mesa electoral?

La decisión queda en manos de la Junta de Zona y en caso de no prosperar la reclamació­n podría recuperar el dinero

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– Con la convocator­ia de elecciones generales para el próximo 23 de julio una de las preguntas es qué hacer si se tienen programado­s para esas fechas viajes vacacional­es ante la posibilida­d de ser llamados a formar parte de una mesa electoral como presidente o vocal.

Además de celebrarse en julio, un mes que escoge un 30% de españoles para irse de vacaciones, el domingo electoral coincide con el puente

MADRID

por el día de Santiago Apóstol, que se celebra el 25 de julio y que es festivo en algunas comunidade­s, como Galicia, Castilla y León, Navarra el País Vasco.

Por tanto, la duda está en si tener billetes comprados o alojamient­o reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral, en caso de ser convocado.

Los presidente­s y vocales de las mesas, al igual que dos suplentes por cada uno de ellos, son elegidos por sorteo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriore­s a la convocator­ia, según recoge la ley. Es decir, entre el 24 y el 28 de junio.

Los designados disponen de siete días para alegar ante la Junta Elecizvern­iceanu, toral de Zona la causa justificad­a y documentad­a que les impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en cinco días y comunicará al interesado su decisión.

La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucció­n con una lista de supuestos en los que estaría justificad­a la excusa de la persona designada. Una lista que, no obstante, está abierta.

Dentro de esta lista se puede distinguir entre causas personales, familiares o profesiona­les. En algunos casos no hay duda sobre la causa para no acudir, que se justifica por sí sola, por lo que solo hay que acreditar la circunstan­cia.

Cuando la justificac­ión de la causa alegada depende de circunstan­cias concretas, la Junta Electoral de Zona es la que decide tras su análisis. Es decir, queda a su discrecion­alidad.

No figura en la citada lista ningún caso relacionad­o con tener adquiridos billetes o reservas de alojamient­os por motivos vacacional­es. Por tanto, se podría alegar ante la Junta Electoral de Zona pero será este órgano el que decidirá.

Es muy importante en estos casos presentar toda la documentac­ión y acreditar las circunstan­cias por las que se pide no estar en la mesa electoral. Por ello, cuanto más informació­n se aporte, mejor.

Desde la OCU, su portavoz, Iliana

asegura que el haber contratado y abonado las vacaciones puede ser causa para la recuperaci­ón del dinero.

En principio, si existe un seguro de cancelació­n, la devolución se presenta fácil, según la OCU, porque la persona en cuestión podría aducir que ha sido llamado a una mesa electoral y pediría la cobertura del mismo tras aportar la documentac­ión de que ha sido así.

Pero incluso si no tiene ese seguro, la organizaci­ón considera que el ser llamado a participar en la jornada electoral sería “una causa de fuerza mayor” y no haría falta ese seguro de cancelació­n para que la devolución del dinero anticipado.

Sería una “causa inevitable, imprevisib­le e ineludible que no se sabia antes de contratar ese viaje”, según la portavoz, y sería lo suficiente­mente importante para poder recuperar íntegramen­te el dinero del viaje que no podemos hacer.

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