Diario de Noticias (Spain)

El Santander hereda la responsabi­lidad penal por la anterior gestión del Popular

El juez acusa a Ron y Saracho de falsear las cuentas de la entidad quebrada

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MADRID – El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama imputó ayer al Banco Santander como persona jurídica en la causa que investiga la gestión de los expresiden­tes del Popular, Ángel Ron y Emilio Saracho, por la ampliación de capital acometida en 2016, y en la que podrían haber incurrido en los delitos de falsedades societaria­s y administra­ción desleal, contra el mercado, falsedades documental­es y apropiació­n indebida.

El titular del Juzgado de Instrucció­n número 4 acuerda imputar al Santander por ser la entidad que absorbió el Popular una vez este había quebrado. De este modo, el banco presidido por Patricia Botín hereda la responsabi­lidad penal en que pudieron haber incurrido los gestores del otro banco, que ya no existe como persona jurídica. En un auto, Calama acuerda la “sucesión procesal por absorción de sociedades, teniendo por dirigido el presente procedimie­nto contra Banco Santander”, una vez acreditada en las presentes actuacione­s la inscripció­n del acuerdo de fusión por absorción en el que la entidad Banco Santander absorbe y adquiere en bloque y a título universal todos los elementos patrimonia­les integrante­s del activo y del pasivo del Banco Popular.

El juez explica que, tal y como establece el artículo 130.2 del Código Penal, “la transforma­ción, fusión, absorción o escisión de una persona jurídica no extingue su responsabi­lidad penal, que se trasladará a la entidad o entidades en que se transforme, quede fusionada o absorbida y se extenderá a la entidad o entidades que resulten de la escisión”.

El magistrado dictamina que una vez se emita el informe pericial sobre la absorción del Banco Popular por parte del Santander, se acordará la declaració­n en sede judicial del representa­nte legal del segundo.

La adquisició­n por un euro del Banco Popular tuvo lugar en junio de 2017, y solo tres meses después el juez Fernando Andreu –el anterior instructor de la causa– imputó a los expresiden­tes de la entidad Ron y Saracho y a miembros del antiguo consejo de administra­ción, atendiendo así distintas querellas que se habían ido presentand­o en la Audiencia Nacional.

Siguiendo el criterio de la Fiscalía Anticorrup­ción, Andreu acordó entonces abrir dos piezas separadas. La primera de ellas, relacionad­a con la ampliación de capital realizada en 2016 por importe de 2.505 millones de euros y, la segunda, con la manipulaci­ón del mercado mediante la publicació­n de noticias con datos e informacio­nes “falsas” antes de que el Popular fuera vendido al Banco Santander.

Pero, además, el juez Andreu admitió también la querella de la Organizaci­ón de Consumidor­es y Usuarios (OCU) dirigida contra el Popular, que incluía a los exconsejer­os delegados del Popular Pedro Larena y Roberto Higuera y al auditor de PWC Pedro Barrio. Según la querella de la OCU, y así quedó reflejado en el auto del magistrado, los querellado­s habrían distorsion­ado las cuentas del banco –que pasaron de presentar unos beneficios de 93,4 millones de euros a unas pérdidas cercanas a los 3.500 millones al cierre del ejercicio de 2016– con la finalidad de crear, con motivo de la ampliación de capital en mayo de 2016, “una ficción que reflejara una situación financiera irreal”.

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