El TSJA absuelve a dos condenados por ser los patrones de una patera
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha absuelto a dos hombres que fueron condenados por la Audiencia Provincial de Almería a cuatro años y tres meses de prisión por un delito contra los derechos de los extranjeros al entender que fueron los responsables de conducir una patera con 14 personas.
El Alto Tribunal estima el recurso de apelación interpuesto por el abogado Nabil El Meknassi Barnosi contra la sentencia original y dicta un nuevo relato de hechos probados en el que explica que sobre las 19:15 del 10 de junio de 2020 el Servicio Marítimo de la Guardia Civil localizó dicha patera a 1,5 millas náuticas de Mojácar. A bordo de la misma iban 14 personas mayores de edad procedentes de Argelia y Guinea, que habían zarpado sobre las 20:00 del día anterior desde una playa de Orán (Argelia).
Aunque el TSJA apunta que la embarcación era “totalmente inadecuada” para esta travesía, no considera probado que la organización del viaje correspondiese a los acusados o si fueron éstos los que pilotaron “en exclusiva” la patera, encargándose de la brújula, o si hubo un “acuerdo entre todos los integrantes del grupo” para autoorganizarse, adquirir dicha lancha y turnarse en su conducción. Todo ello, frente al fallo de la Audiencia de Almería, que aseguraba por su parte que los acusados habían actuado en todo momento de “manera concertada” en la organización del viaje para “enriquecerse de forma ilícita”, apuntando que uno de ellos se ocupó de conducir la patera durante el trayecto y el segundo de la brújula.