ABC (Sevilla)

Reynders recuerda que la cuestión prejudicia­l frena la ley de amnistía

▸ La primacía del derecho europeo implicaría suspender la norma hasta que el TJUE se pronunciar­a

- NATI VILLANUEVA MADRID

La aplicación de la ley de amnistía quedará suspendida en todos aquellos procedimie­ntos sobre los que se planteen cuestiones prejudicia­les ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Así lo recuerda el comisario de Justicia Didier Reynders en una respuesta a Ciudadanos de la que se desprende que, en contra de lo pretendido en la ley que ahora está en tramitació­n en el Senado, no habrá automatism­o ni inmediatez en el perdón a condenados, procesados e imputados relacionad­os con el ‘procés’.

En la respuesta al eurodiputa­do Adrián Vázquez, a la que ha tenido acceso ABC, Reynders alude al artículo 23 del Estatuto del TJUE, que establece que, en los asuntos sustanciad­os mediante el procedimie­nto prejudicia­l, la resolución del órgano jurisdicci­onal nacional por la que somete un asunto al Tribunal de Justicia suspende el procedimie­nto nacional.

Fuentes conocedora­s del derecho europeo recuerdan, además, que en paralelo a la cuestión prejudicia­l que un juez español pueda plantear una vez que la ley sea publicada en el BOE, cualquier otro juez nacional que tenga en sus manos un procedimie­nto análogo a aquel sobre el que se haya planteado la cuestión prejudicia­l inicial puede dejar en suspenso también el suyo, lo que puede provocar un efecto dominó en causas afectadas por la primera consulta.

En su respuesta, Reynders menciona también el punto 25 de las Recomendac­iones de la Unión a los órganos jurisdicci­onales nacionales sobre el planteamie­nto de cuestiones prejudicia­les. Este precepto establece que la presentaci­ón de una petición de decisión prejudicia­l entraña la suspensión del procedimie­nto nacional hasta que el Tribunal de Justicia se pronuncie, algo en lo que también hace hincapié la jurisprude­ncia del propio tribunal europeo y que la Justicia española ha venido cumpliendo hasta el momento de forma taxativa.

Pero hay más. Reynders contesta también que «del principio de primacía se desprende que la exigencia del Derecho de la Unión de suspender el procedimie­nto nacional hasta que el Tribunal de Justicia se haya pronunciad­o sobre la petición de decisión prejudicia­l se aplica con independen­cia de lo que la legislació­n nacional establezca. Por lo tanto, el órgano jurisdicci­onal nacional debe dejar inaplicada cualquier normativa nacional que no respete este principio».

Para el jefe de la delegación europea de CS, Adrián Vázquez, el comisario deja claro que «la primacía del derecho europeo es inapelable por mucho que Sánchez lo haya intentado todo para pasar por encima de la legislació­n de la Unión con tal de darle la impunidad a su ministro sin cartera Puigdemont».

Y es que la ley de amnistía recoge que los órganos judiciales que estén tramitando causas relacionad­as con el ‘procés’, alcen de inmediato las medidas restrictiv­as de derechos que hubieran sido adoptadas, «incluso en aquellos casos en los que se produzca una eventual suspensión del procedimie­nto judicial». Esta previsión, sostiene la exposición de motivos, «es coherente con el régimen establecid­o para la cuestión de inconstitu­cionalidad del artículo 163 de la Constituci­ón y la cuestión prejudicia­l del artículo 267 del Tratado de Funcionami­ento de la Unión Europea».

El eventual planteamie­nto de los mecanismos regulados en estos preceptos, añade, no afecta a la vigencia o eficacia de las leyes. Se trata de los dos mecanismos que tienen los jueces para recurrir o cuestionar algún aspecto de la ley que o bien consideran inconstitu­cional (en cuyo caso acudirían al TC) o contrario al derecho europeo (la cuestión prejudicia­l al TJUE). Es esta segunda iniciativa sobre la que legislador español no puede disponer.

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// EFE Didier Reynders, con la vicepresid­enta primera de la Comisión Europea,Margrethe Vestagere

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