ABC (Sevilla)

El CGPJ también se dispone a tumbar la amnistía en su informe

▸ El texto que apruebe el Consejo supondrá el tercer revés al Gobierno en sólo una semana Letrados de la Comisión de Justicia del Congreso

- NATI VILLANUEVA LOS OTROS DICTÁMENES VICENTE GARRIDO

A juzgar por los varapalos que está recibiendo la ley de amnistía, especialme­nte en los últimos días, no es de extrañar que el Gobierno optara por tramitarla como proposició­n y como proyecto de ley para eludir los informes de los órganos consultivo­s. Pero ni aun así ha podido evitarlo. La potestad del Senado para reclamar la opinión de los órganos expertos se va a traducir en un nuevo revés para el Ejecutivo de Sánchez, pues con toda probabilid­ad el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobará mañana un informe que considera inconstitu­cional la ley del perdón. El órgano de gobierno de los jueces se sumará así a las críticas de los informes finales de la Comisión de Venecia y de los letrados del Senado conocidos el lunes.

Fuentes del órgano de gobierno de los jueces señalaron a ABC que la mayoría de los vocales están dispuestos a apoyar el informe elaborado por el vocal Wenceslao Olea, que defiende que la amnistía no tiene cabida en la Carta Magna. Así, las fuentes citadas sostienen que el texto contrario a la amnistía saldrá adelante con el mínimo de nueve votos necesarios para alcanzar esa mayoría absoluta, por lo que el segundo informe, el de la progresist­a Mar Cabrejas –en el que ha participad­o el que fuera director del Gabinete de la socialista Meritxell Batet cuando presidía el Congreso– quedará en minoría. Es una incógnita la posición del presidente del

CGPJ, Vicente Guilarte, que podría votar con los nueve conservado­res o en blanco. Es la opción por la que se decantó el pasado noviembre con motivo de la declaració­n institucio­nal en la que el CGPJ expresó su «intensa preocupaci­ón» por la «degradació­n, cuando no abolición», del Estado de derecho en España. Guilarte consideró entonces que, mientras no se conociera el texto de la amnistía, el debate debía quedar residencia­do en el terreno estrictame­nte político.

El informe que, salvo imprevisto­s de última hora, será aprobado por el Consejo señala que esta amnistía no tiene como causa «directa e inmediata» el interés general que proclama, sino el acuerdo del pasado 9 de noviembre entre el PSOE y Junts per Catalunya. Apunta que el hecho de que la Constituci­ón excluya de manera consciente la amnistía exige al legislador justificar la adecuación de la proposició­n «a todos y cada uno de los valores, principios y condicione­s que la Carta Magna impone a la nuncia sobre su constituci­onalidad ni sobre su compatibil­idad con el derecho europeo, defiriendo tal considerac­ión tanto al Tribunal Constituci­onal como al de la Unión Europea. Y ello, pese a que indica que sería preferible que la amnistía se regulara en la Constituci­ón.

También me parece criticable que el análisis se haya hecho a la luz de las normas europeas e internacio­nales, pues lo procedente es hacerlo en relación con nuestra Constituci­ón, que es la norma fundamenta­l del Estado a la que no se superpone ninguna otra norma europea ni internacio­nal. Por otra parte, el informe parece asumir la existencia de un conflicto entre el Estado y una parte de su territorio, lo que es inadmisibl­e, porque obvia que se trata de una manifiesta infracción del ordenamien­to y de la comisión de una pluralidad de delitos por parte de los

Considerar­on que esta ley no puede estar amparada por el paraguas de la de 1977 y que la Constituci­ón no recoge ningún precepto que habilite a la aprobación de esta medida de gracia. Se necesita, por tanto, una reforma que le dé cobertura.

El texto tiene que salir adelante por mayoría absoluta, con los votos de al menos 9 de los 16 vocales, algo que se da por hecho

Además de la convenienc­ia de una reforma constituci­onal que recoja la amnistía, recomienda que se reduzca y acote el alcance de la norma y que se intente su aprobación por mayoría más amplia.

Concluyen con rotundidad que la amnistía es «inconstitu­cional» y llegan a definirla como una «reforma encubierta» de la Carta Magna. Aseguran que vulnera los principios de separación de poderes, igualdad, libertad ideológica, seguridad jurídica o legalidad penal. Abren la puerta a plantear un conflicto de competenci­as.

potestad legislativ­a, algo que no se aprecia» en este caso. El texto señala también que la proposició­n de ley «socava» el derecho a la igualdad y el principio de separación de poderes, al no resultar «admisible» que el Poder Legislativ­o pueda dejar sin efecto las decisiones adoptadas por los tribunales, salvo en los supuestos expresamen­te autorizado­s por la Constituci­ón, como los indultos particular­es. También vulnera el principio de seguridad jurídica, porque la «amplia indetermin­ación» de los preceptos desembocar­á en interpreta­ciones jurídicas diversas y en que la crítica social sobre la eficacia de la ley se concentre en los jueces que la apliquen. independen­tistas catalanes, con grave perjuicio para los demás catalanes y para el resto de España.

Por último, parece ser condescend­iente con la posibilida­d de amnistiar delitos de terrorismo, consideran­do que ello es posible si se respetan los estándares internacio­nales y si no afecta gravemente a derechos humanos, lo que resulta sorprenden­te, pues todo terrorismo afecta a estos y, en todo caso, han de determinar­se con arreglo a la normativa penal de España y no en relación con conceptos ajenos. Y, de igual manera, parece condescend­iente con amnistiar la malversaci­ón, que debe ser penada cuando se haya producido un beneficio personal de carácter patrimonia­l.

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Pleno del actual Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) // ABC

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