El CGPJ también se dispone a tumbar la amnistía en su informe
▸ El texto que apruebe el Consejo supondrá el tercer revés al Gobierno en sólo una semana Letrados de la Comisión de Justicia del Congreso
A juzgar por los varapalos que está recibiendo la ley de amnistía, especialmente en los últimos días, no es de extrañar que el Gobierno optara por tramitarla como proposición y como proyecto de ley para eludir los informes de los órganos consultivos. Pero ni aun así ha podido evitarlo. La potestad del Senado para reclamar la opinión de los órganos expertos se va a traducir en un nuevo revés para el Ejecutivo de Sánchez, pues con toda probabilidad el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobará mañana un informe que considera inconstitucional la ley del perdón. El órgano de gobierno de los jueces se sumará así a las críticas de los informes finales de la Comisión de Venecia y de los letrados del Senado conocidos el lunes.
Fuentes del órgano de gobierno de los jueces señalaron a ABC que la mayoría de los vocales están dispuestos a apoyar el informe elaborado por el vocal Wenceslao Olea, que defiende que la amnistía no tiene cabida en la Carta Magna. Así, las fuentes citadas sostienen que el texto contrario a la amnistía saldrá adelante con el mínimo de nueve votos necesarios para alcanzar esa mayoría absoluta, por lo que el segundo informe, el de la progresista Mar Cabrejas –en el que ha participado el que fuera director del Gabinete de la socialista Meritxell Batet cuando presidía el Congreso– quedará en minoría. Es una incógnita la posición del presidente del
CGPJ, Vicente Guilarte, que podría votar con los nueve conservadores o en blanco. Es la opción por la que se decantó el pasado noviembre con motivo de la declaración institucional en la que el CGPJ expresó su «intensa preocupación» por la «degradación, cuando no abolición», del Estado de derecho en España. Guilarte consideró entonces que, mientras no se conociera el texto de la amnistía, el debate debía quedar residenciado en el terreno estrictamente político.
El informe que, salvo imprevistos de última hora, será aprobado por el Consejo señala que esta amnistía no tiene como causa «directa e inmediata» el interés general que proclama, sino el acuerdo del pasado 9 de noviembre entre el PSOE y Junts per Catalunya. Apunta que el hecho de que la Constitución excluya de manera consciente la amnistía exige al legislador justificar la adecuación de la proposición «a todos y cada uno de los valores, principios y condiciones que la Carta Magna impone a la nuncia sobre su constitucionalidad ni sobre su compatibilidad con el derecho europeo, defiriendo tal consideración tanto al Tribunal Constitucional como al de la Unión Europea. Y ello, pese a que indica que sería preferible que la amnistía se regulara en la Constitución.
También me parece criticable que el análisis se haya hecho a la luz de las normas europeas e internacionales, pues lo procedente es hacerlo en relación con nuestra Constitución, que es la norma fundamental del Estado a la que no se superpone ninguna otra norma europea ni internacional. Por otra parte, el informe parece asumir la existencia de un conflicto entre el Estado y una parte de su territorio, lo que es inadmisible, porque obvia que se trata de una manifiesta infracción del ordenamiento y de la comisión de una pluralidad de delitos por parte de los
Consideraron que esta ley no puede estar amparada por el paraguas de la de 1977 y que la Constitución no recoge ningún precepto que habilite a la aprobación de esta medida de gracia. Se necesita, por tanto, una reforma que le dé cobertura.
El texto tiene que salir adelante por mayoría absoluta, con los votos de al menos 9 de los 16 vocales, algo que se da por hecho
Además de la conveniencia de una reforma constitucional que recoja la amnistía, recomienda que se reduzca y acote el alcance de la norma y que se intente su aprobación por mayoría más amplia.
Concluyen con rotundidad que la amnistía es «inconstitucional» y llegan a definirla como una «reforma encubierta» de la Carta Magna. Aseguran que vulnera los principios de separación de poderes, igualdad, libertad ideológica, seguridad jurídica o legalidad penal. Abren la puerta a plantear un conflicto de competencias.
potestad legislativa, algo que no se aprecia» en este caso. El texto señala también que la proposición de ley «socava» el derecho a la igualdad y el principio de separación de poderes, al no resultar «admisible» que el Poder Legislativo pueda dejar sin efecto las decisiones adoptadas por los tribunales, salvo en los supuestos expresamente autorizados por la Constitución, como los indultos particulares. También vulnera el principio de seguridad jurídica, porque la «amplia indeterminación» de los preceptos desembocará en interpretaciones jurídicas diversas y en que la crítica social sobre la eficacia de la ley se concentre en los jueces que la apliquen. independentistas catalanes, con grave perjuicio para los demás catalanes y para el resto de España.
Por último, parece ser condescendiente con la posibilidad de amnistiar delitos de terrorismo, considerando que ello es posible si se respetan los estándares internacionales y si no afecta gravemente a derechos humanos, lo que resulta sorprendente, pues todo terrorismo afecta a estos y, en todo caso, han de determinarse con arreglo a la normativa penal de España y no en relación con conceptos ajenos. Y, de igual manera, parece condescendiente con amnistiar la malversación, que debe ser penada cuando se haya producido un beneficio personal de carácter patrimonial.