ABC (1ª Edición)

EXPECTACIÓ­N POR UNA SENTENCIA HISTÓRICA

No va a ser tan relevante la pena impuesta a los golpistas como la calificaci­ón de sus actos, planeados para subvertir el orden constituci­onal y declarar la independen­cia de Cataluña. Y eso se llama rebelión

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TENÍA razón el juez Marchena cuando recordaba ayer, en los corrillos del Palacio Real, que mientras una sentencia no está firmada «todo está abierto». El mensaje del presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) fue un llamamient­o a la prudencia, a la par que una muestra de malestar por la filtración de un fallo judicial según el cual los acusados por el proceso separatist­a de 2017 no serían condenados por rebelión, sino por sedición. Será mañana cuando el TS haga pública una sentencia cuyo fallo viene a situar a los acusados al margen del delito de rebelión, el de mayor gravedad de cuantos pesaban sobre ellos. No va a ser tan relevante la pena impuesta a los golpistas como la calificaci­ón jurídica de sus actos, planeados y ejecutados de forma indisimula­da para subvertir el orden constituci­onal de 1978 y declarar la independen­cia de Cataluña. Y eso se llama rebelión en nuestro ordenamien­to jurídico, no sedición. «Son reos del delito de rebelión –señala el artículo 472 del Código Penal– los que se alzaren violenta y públicamen­te para derogar, suspender o modificar total o parcialmen­te la Constituci­ón» o para «declarar la independen­cia de una parte del territorio nacional».

El Supremo va a mantener en la cárcel a los principale­s acusados por sedición y malversaci­ón como responsabl­es de una violencia pública y tumultuari­a destinada a impedir la aplicación de las leyes y el cumplimien­to de las resolucion­es judiciales. Los acusados querían que se celebrara el referéndum ilegal del 1-O y no dudaron en consentir y organizar actos de violencia para impedir a comisiones judiciales y Fuerzas de Seguridad que hicieran su trabajo. Simple sedición, pues, según la Sala Segunda del Supremo. La sentencia del Alto Tribunal ha de ser acatada en su integridad, pero el precio de la unanimidad con que el juez Manuel Marchena quiso blindarla desde un principio se ha saldado con una rebaja sustancial de las expectativ­as generadas durante la instrucció­n y el juicio. Hubo algo más que un ejercicio de sedición en las jornadas que marcaron el desenlace de un proceso abiertamen­te separatist­a, concebido y aplicado como un ataque directo a nuestro orden constituci­onal, y será la Sala Segunda del Supremo la que a lo largo de su sentencia y de forma razonada determine mañana los argumentos que le han llevado a concluir una sentencia que, de confirmars­e, pasaría por alto la rebelión que nunca ocultaron ni disimularo­n Carles Puigdemont y compañía.

La exclusión del delito de rebelión, si se confirmara, tendría una valoración política evidente, ajena a la Sala Segunda, en cuanto daría la razón a una Abogacía del Estado –por tanto, al Gobierno de Pedro Sánchez– que optó por cambiar de tercio penal e imponer la calificaci­ón de sedición frente a la posición defendida por la Fiscalía y la acusación popular ejercida por Vox. La rebelión contra la Constituci­ón y la integridad de España existió en los planes de Puigdemont y Junqueras, aunque sea justo reconocer la dificultad de la Sala Segunda del Supremo para juzgar un caso, sin precedente­s, que ha inaugurado la interpreta­ción sobre delitos que se movían, hasta ahora, en el plano teórico, pero no en los repertorio­s de la jurisprude­ncia. El fallo adelantado ayer encierra también un emplazamie­nto al legislador, porque quizá sea necesario, a la luz de la sentencia que mañana se conozca, valorar si la legislació­n penal española protege adecuadame­nte o no el orden constituci­onal y la unidad nacional frente a golpistas como los juzgados en el Supremo. Lo que un juez no debe hacer es sustituir las carencias del legislador forzando la valoración de la prueba o la calificaci­ón jurídica de un delito.

La frustració­n que pueda generar esta sentencia no puede desalentar a quienes creen en un Estado de Derecho que en España ha funcionado como pocos esperaban que lo hicieran. Cuando muchos pensaron que el golpe separatist­a se diluiría, como tantos otros pulsos, en la impunidad política del nacionalis­mo, la Fiscalía General del Estado, con las querellas firmadas por el recordado José Manuel Maza; el juez Llarena, con su instrucció­n perseveran­te y escrupulos­a, y el tribunal presidido por Manuel Marchena, con un juicio oral digno de ser estudiado en las Facultades de Derecho –como ya sucede–, reaccionar­on frente a la ilegalidad echándose a la espalda el imperio de la ley y el orden constituci­onal. Será mañana cuando la sentencia aclare las sombras que deja un fallo, quizás impecable en su forma, que no termina de cuadrar con el espíritu de nuestra ley.

Será mañana cuando la sentencia aclare, en su integridad, las sombras que deja un fallo, quizás impecable en cuanto a forma, que no termina de cuadrar con el espíritu de nuestra ley

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