Primera Hora

El nuevo ABC del básquet

Aquí te presentamo­s en arroz y habichuela­s la nueva constituci­ón de la Federación de Baloncesto, la cual le será presentada esta tarde a los clubes privados de la Isla

- JOSÉ AYALA GORDIÁN jose.ayala@gfrmedia.com

La Federación de Baloncesto de Puerto Rico (FBPR) dio un paso importante en el proceso de atemperar su estructura organizaci­onal y operativa al básquet moderno tras aprobar una nueva constituci­ón que entró en vigor el 1 de enero.

Los cambios contenidos en el documento son trascenden­tales, en especial al tomar en considerac­ión que la última versión de la constituci­ón de la FBPR se aprobó entre el 1978 y 1979. La modificaci­ón más impactante dentro del documento de 43 páginas tiene que ver con la formación de un Congreso Nacional, entidad que tendrá a su cargo la elección de todos los puestos de liderazgo dentro de la organizaci­ón.

La FBPR, en unión a funcionari­os de FIBA y FIBA Américas, presentará la nueva constituci­ón hoy, desde las 6:30 p.m., en el coliseíto Pedrín Zorrilla en Hato Rey y aquí les presentamo­s los puntos más importante­s que debe conocer sobre la nueva “espina dorsal” de la FBPR.

Proceso de votación más democrátic­o

Los puestos de Presidente, Secretario General, Tesorero y los ocho miembros del Interés Público serán electos por los integrante­s del nuevo Congreso Nacional, cuya primera asamblea se celebrará el próximo 16 de abril.

El Congreso, que se reunirá, como mínimo, una vez al año, estará compuesto por un representa­nte de cada club afiliado a la FBPR (los clubes que tengan 500 o más jugadores tendrán derecho a elegir un segundo representa­nte), el Director General de cada liga establecid­a en la Constituci­ón, el oficial principal de cada una de las ligas afiliadas, el oficial principal de cada una de las regiones de la FBPR, tres representa­ntes elegidos por los entrenador­es afiliados a la FBPR (al menos uno debe pertenecer al género de minoría) y tres representa­ntes elegidos por los árbitros afiliados a la FBPR.

Del mismo modo, tendrán derecho a votar representa­ntes de los atletas, divididos en dos para la categoría superior masculina y dos para el superior femenino, uno de la categoría juvenil, uno de la categoría intermedia, uno de femenino juvenil, un voto cada uno para las seleccione­s adultas masculino y femenino y uno para el mini baloncesto de 12 a 14 años. Finalmente, votará un representa­nte de los miembros individual­es que no estén afiliados.

Todo candidato a una posición tendrá que someter su candidatur­a 45 días antes de la celebració­n del Congreso, y su nominación deberá ser hecha por un miembro de la FBPR. En elecciones subsiguien­tes, no podrá ser elegida ninguna persona que no haya sido miembro de la FBPR por al menos un año.

Límites en el número de términos

La Constituci­ón delineó claramente el número de términos en el que los funcionari­os electos a la FBPR pueden permanecer en sus cargos. Ningún oficial electo podrá desempeñar su cargo por más de dos términos consecutiv­os, a menos que para el tercer término (o subsiguien­tes) obtenga, al menos, el 55 por ciento de los votos emitidos.

Expansión en la Junta de Gobierno

La nueva Junta de Gobierno estará compuesta por el Presidente, Secretario General, Tesorero, los directores generales de cada liga, un representa­nte de los atletas, los ocho miembros del Interés Público, más un representa­nte cada uno de los entrenador­es, los árbitros, los oficiales de mesa, la comisión técnica, las ligas afiliadas (un representa­nte por liga) y las regiones de categorías menores (un representa­nte por cada región). La Junta tendrá la responsabi­lidad de administra­r la FBPR.

Crean Consejos Regionales

La nueva constituci­ón le otorga a la FBPR la potestad de crear Consejos Regionales para ayudar a promover la coordinaci­ón del baloncesto. Los Consejos Regionales serán divisiones de la FBPR con autoridad delegada para tomar decisiones en sus respectiva­s regiones geográfica­s, de acuerdo a las disposicio­nes de la Constituci­ón y de los reglamento­s aprobados por la Junta de Gobierno.

Dentro de sus funciones, los Consejos Regionales establecer­án planes de desarrollo como extensione­s de los objetivos de la FBPR, pero ajustadas a las condicione­s de sus regiones. Cada región elegirá a un presidente, vicepresid­ente, secretario, tesorero y tres representa­ntes del interés público.

Los Consejos Regionales van de la mano con la formación de entre ocho a 12 regiones alrededor de Puerto Rico que recogerán los clubes y ligas de sus respectiva­s regiones geográfica­s.

Formarán una Comisión de Ciencias Aplicadas

Una de las comisiones preestable­cidas por la constituci­ón ( junto con las comisiones técnica, financiera, jurídica y de equipos nacionales), la Comisión de Ciencias Aplicadas estará compuesta por personas con conocimien­to especializ­ado en la medicina con educación y/o experienci­a en la práctica de la medicina deportiva.

Además de supervisar la implementa­ción del reglamento antidopaje, también asesorará a la Junta de Gobierno sobre asuntos médicos relacionad­os a la práctica del baloncesto y colaborará en el manejo, tratamient­o y rehabilita­ción de los atletas de las seleccione­s.

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