Sujeción laboral y contrato sexual
La desigualdad material en que se hallan muchas mujeres es resultado de su desventaja en la carrera por las oportunidades y el acceso a los derechos laborales
El feminismo, como visión crítica acerca de las formas de desigualdad que se asientan en la diferenciación sexual y en la naturalización de la subordinación de las mujeres, nos ha hecho conscientes de las deudas hacia ellas en términos de derechos y oportunidades a las que tradicionalmente les hemos negado acceso.
Además, el feminismo nos ha hecho conscientes de que la autonomía moral – es decir, que las personas sean capaces de realizar elecciones libres y de manera consciente– tiene que ser posterior a la autonomía material – o sea, que ellas cuenten con los recursos necesarios para materializar sus decisiones. Por eso, el ciclo del desempoderamiento de las mujeres inicia con la negación de la educación, lo que trae como consecuencia que sus opciones laborales sean precarias y mal remuneradas; por eso, también, el ciclo del empoderamiento inicia con retirar el yugo de la pobreza y la dependencia material sobre los cuerpos de las mujeres, a través de la garantía y disfrute real de los derechos laborales. El feminismo, además, ha puesto en evidencia que, en un sistema todavía estructurado por la misoginia y la visión patriarcal, la falta de bienestar material en el caso de las mujeres no es producto de una voluntad débil –“son pobres, porque quieren”, asegura el lugar común– ni de la mala suerte. Al contrario, la desigualdad material en que se hallan muchas mujeres es resultado de un hecho fácilmente constatable: el simple hecho de ser hombre en una sociedad como la nuestra ya le da ventajas a esa persona sobre cualquier mujer en la carrera por las oportunidades y en el acceso a los derechos laborales.
Es decir, que las relaciones laborales inequitativas que se presentan como leyes y relaciones legales que mejor expresan dicha autonomía. Lo que se pasa por alto al pensar a la familia como producto de un contrato moderno que permite la expresión de la autonomía individual de los contratantes, es que a través de este acto civil se entrega al esposo la posibilidad no