Avalan elección en comunidad de Velillo
El Tribunal Electoral de Hidalgo calificó como improcedentes las quejas interpuestas por la elección de delegados en Mineral de la Reforma debido a la extemporaneidad en la que fueron presentados los Juicios de Protección de los Derechos Político Electorales de los Ciudadanos (JDC), bajo el expediente TEEH-JDC-003/2019 y sus acumulados.
La magistrada presidenta María Luisa Oviedo Quezada informó que dichos recursos acusaban de la omisión de la administración municipal para celebrar elecciones de delegados en la comunidad de Velillo, mismos que fueron presentados de manera extemporánea e incurrieron en la causal de nulidad de la fracción cuarta del artículo 353 de la legislación electoral local.
Mencionó que la elección de delegados a la que se hace alusión en los medios de impugnación, se celebró los días 14, 15, 16 y 17 de febrero; mientras que los JDC fueron interpuestos los días 28 de febrero y 5 de marzo, por lo cual se había excedido el plazo que otorga la ley para impugnar este hecho y hacer valer sus derechos.
Añadió que dentro de la documentación entregada por la autoridad municipal se contó con un acta de fe de un notario público que no sólo refleja la convocatoria emitida en algunas comunidades de Mineral de la Reforma para celebrar esta elección, también las razones por las cuales en Velillo no se realizó la convocatoria, pues la elección en esta región del municipio se celebró en diciembre del 2018.
Causal
Los juicios deben ser desechados en su totalidad, pues aunque se hagan valer los plazos máximos para presentar los medios de impugnación corriendo el plazo desde el 18 de febrero, siguen entrando en la causal de improcedencia que estipula la fracción cuarta artículo 353 de la legislación electoral local.