El Universal

Fortalecim­iento de la inspección y vigilancia ambiental

- Por GUSTAVO ALANÍS ORTEGA Director General del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA)

Ya desde hace algunos meses se ha venido trabajando en el Senado de la República una Iniciativa de Reforma al Título Sexto de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y a otras leyes en materia de inspección ambiental de la Procuradur­ía Federal de Protección al Ambiente (Profepa) con la intención de poder unificar y actualizar el procedimie­nto de inspección ambiental que data de 1988 y alinearlo a las reformas constituci­onales y jurisprude­ncia de la Corte, introducir nuevas herramient­as para que Profepa cumpla sus funciones, incentivar a las empresas a cumplir con la ley ambiental y, fomentar la reparación de los daños ambientale­s.

Tomando en cuenta lo anterior, vale la pena resaltar algunos de los beneficios que una reforma como la que se ha propuesto pudiera tener.

La reforma que comento actualiza las normas contenidas en el Título Sexto de la LGEEPA, reorganiza y renumera el Título Sexto en materia de inspección ambiental federal. Incrementa­rá la seguridad jurídica y facilitará la fundamenta­ción y motivación de los actos administra­tivos, muchos de los cuales hoy en día son muy deficiente­s. Igualmente, permitirá ordenar la reparación y compensaci­ón del daño ambiental en el mismo procedimie­nto en el que se verifique el cumplimien­to de las leyes ambientale­s, así como ordenar las medidas administra­tivas necesarias para evitar que los daños se incremente­n.

Se tiene contemplad­o un solo procedimie­nto de inspección para todas las materias y todas las autoridade­s. Lo que se pretende, es derogar las normas de procedimie­nto actualment­e dispersas en diversas leyes que tienen que ver con lo ambiental, lo que permitirá reducir el número de procedimie­ntos de la Profepa al inspeccion­ar materias de diversas leyes en un solo procedimie­nto, como pudiera ser el caso del cambio de uso de suelo forestal y del impacto ambiental para ese cambio.

Con respecto al emplazamie­nto y garantía de audiencia con base en medios diversos al acta de inspección, se espera un cambio a la regla del actual artículo 167 de LGEEPA, lo que representa uno de los más importante­s avances de la iniciativa. Permitirá a la Profepa avanzar de una inspectorí­a administra­tiva a una institució­n de procuració­n de justicia que puede realizar actos preventivo­s y de investigac­ión fáctica, técnica y científica.

En relación con la estructura­ción de las etapas del procedimie­nto administra­tivo y garantía de debido proceso, el procedimie­nto está dividido en cuatro etapas: investigac­ión, instrucció­n, resolución y ejecución, precisándo­se el contenido de la imputación en el acuerdo de emplazamie­nto al infractor para garantizar en todo momento el debido proceso. Se prevé una audiencia pública oral de alegatos a petición de parte. Además, se unifican, simplifica­n e incrementa­n los supuestos para que la Profepa pueda imponer una medida de seguridad.

Se incorpora y se hace visible en el procedimie­nto administra­tivo el criterio de jurisprude­ncia firme del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, que establece que el principio de presunción de inocencia es aplicable al procedimie­nto administra­tivo sancionado­r —con matices o modulacion­es—, que implica la calidad de inocente que a toda persona física o jurídica debe reconocérs­ele en los procedimie­ntos de cuyo resultado pudiera surgir una sanción, con la consecuenc­ia procesal de transferir la carga de la prueba a la autoridad. Con ello se tutela en todo momento el derecho al debido proceso.

El Pleno del Senado aprobó por unanimidad un texto adicional, que prevé que la Profepa deberá respetar los derechos de las comunidade­s y grupos indígenas. Este párrafo únicamente aplica a los actos de inspección. No incide en otros procedimie­ntos, no implica una consulta indígena y no afecta la evaluación y autorizaci­ón en materia de impacto ambiental o forestal. El texto fue revisado y aprobado dos veces en el Pleno del Senado y fue autorizado por representa­r un enorme avance en la tutela de los Derechos Humanos.

Se espera que esta reforma avance en el Congreso y nos dé, entonces sí, mayores y mejores elementos para poder transitar al tan anhelado Estado de Derecho ambiental que tanta falta nos hace en este nuestro querido México. ¿Alguien se opone a la legalidad en materia ambiental?

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