CON CREDENCIAL PARA VOTAR Roban identidad a un ciudadano
Le niegan reposición del documento por haber sido dado de baja del padrón por defunción
El robo de identidad en México es un delito que va en crecimiento y cuyas consecuencias no sólo afectan el patrimonio de las víctimas -como lo demuestran los 16 mil 596 casos denunciados en el año 2017-, sino también ha llegado hasta el grado de declarar fallecido al afectado.
Así quedó de manifiesto en la sentencia de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el juicio ciudadano 763/ 2018, por el cual Francisco Javier Lozano Granados acusó la negativa del Registro Federal de Electores (RFE) a expedirle su credencial para votar por haber sido dado de baja del padrón por defunción.
En este caso, los magistrados del Pleno propusieron estimar fundado el agravio para garantizar su derecho a votar.
Al analizar el asunto, se expuso que el RFE no utilizó los medios disponibles para determinar la posible suplantación de identidad del actor.
En este sentido, el magistrado Alejandro Avante Juárez expuso se trata de un ciudadano que se dio de alta en el Padrón Electoral de Colima en 1991, con documentación que daba por sentado su domicilio, el nombre de sus padres, acta de nacimiento, además, de que se cuenta con la fotografía y firma del ciudadano.
También se realizaron dos movimientos posteriores de actualización de domicilio y luego una suspensión de derechos por datos del formulario del Poder Judicial por el delito de lesiones y, a partir de ahí no se registran movimientos hasta la solicitud de reposición de la credencial de elector.
Al ser aprobado por unanimidad, la sentencia otorga 15 días de plazo a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para expedir la nueva credencial.