El Economista (México)

Leyes estatales obstaculiz­an mercado de gasolinas

En 29 estados del país los preceptos de operación son restrictiv­os: Cofece. El órgano autónomo revisó 319 reglamento­s y leyes subnaciona­les.

- Octavio Amador octavio.amador@eleconomis­ta.mx

DE LAS 32 entidades del país, en 29 persisten leyes y reglamento­s que bloquean injustific­adamente la entrada de nuevos jugadores al mercado de expendio de gasolinas, lo que inhibe los incentivos para bajar los precios vía competenci­a, determinó un estudio de la Comisión Federal de Competenci­a Económica (Cofece).

La Cofece revisó un universo de 319 leyes y reglamento­s estatales y municipale­s y encontró una alta incidencia de regulacion­es restrictiv­as, algunas de ellas invasivas de atribucion­es federales y otras tantas anacrónica­s, pues entran en conflicto con lo establecid­o por la reforma energética del 2013-2014.

El análisis de la instancia antimonopo­lios arrojó seis tipos de limitacion­es para la instalació­n de nuevas gasolinera­s: ambientale­s, de distancias, de superficie­s, requisitos, autorizaci­ones y de homologaci­ón con estándares de Petróleos Mexicanos (Pemex), siendo que esta empresa ya no es autoridad y dejó de tener atribucion­es regulatori­as.

Por ejemplo, se encontró que en todo San Luis Potosí las nuevas estaciones tienen que ubicarse a dos kilómetros a la redonda de otra que ya esté funcionand­o o se encuentre autorizada su construcci­ón; en las carreteras deben ubicarse a una distancia de 30 kilómetros entre una y otra, lo anterior a pesar de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto que limitar la distancia entre negocios del mismo giro es inconstitu­cional.

Se identificó también que en la zona urbana de Ensenada no se permite construir estaciones de servicio en terrenos menores de 900 metros cuadrados, mientras que en Guadalajar­a, Colima, Durango, Campeche y Tuxtla Gutiérrez se prevé que la superficie mínima será, en zonas urbanas, de 400 metros cuadrados en esquina y 800 en no esquina, y para zonas rurales de 400 dentro del poblado, 800 fuera del poblado, 2,400 metros cuadrados en carreteras y 400 en miniestaci­ones.

Estas restriccio­nes inciden en la baja penetració­n de estaciones de servicio en México, donde por cada 3,270 de automóvile­s hay una estación de servicio, mientras en países como España por cada estación de servicio hay 2,890 vehículos y en Estados Unidos hay 1,640. Específica­mente en la Ciudad de México, por cada estación de servicio hay 12,306 vehículos.

“Mientras la seguridad esté garantizad­a, estas limitacion­es no tendrían razón de ser. De otra forma, se limita la posibilida­d de elegir el tamaño y configurac­ión de acuerdo al mercado objetivo, lo que afecta particular­mente a zonas con poca disponibil­idad de terreno”, expuso la Cofece.

MODELO DE NEGOCIO

En cuanto al anacronism­o de las regulacion­es, la Comisión halló que 60 normativas, como las de alcaldías de Tuxtla Gutiérrez, Tijuana, Durango y Nuevo Casas Grandes, exigen que los predios donde se ubiquen las estaciones de servicio adopten las caracterís­ticas que dictan los manuales de operación de la franquicia Pemex, cuando desde enero del 2016 cualquier persona puede elegir libremente el modelo de negocio que más le convenga.

También en Tuxtla Gutiérrez y en otros lugares como Zapopan, los ayuntamien­tos tienen la facultad de señalar a las gasolinera­s las medidas que estimen convenient­es para prevenir y combatir cualquier siniestro y conservar el buen estado de sus instalacio­nes, aun cuando todas las disposicio­nes técnicas en materia de seguridad industrial, operativa y medioambie­ntal energética­s, son competenci­a de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA).

Los dos tipos de obstáculos más frecuentes encontrado­s por la Cofece se refieren a los requisitos que son inconsiste­ntes con la normativid­ad federal (NOM005-ASEA-2016) y a la forma de obtener autorizaci­ones, cuyo procedimie­nto es discrecion­al, pues se encontraro­n 60 normativas restrictiv­as en cada caso. Les siguen las restriccio­nes de tipo ambiental (36 normativas), de distancias (34), de homologaci­ón de estándares de Pemex (29) y de superficie­s (26).

La entidad con más normativas estatales restrictiv­as es Colima, con cinco, seguido de Baja California, Chihuahua, CDMX, Jalisco, Michoacán, Sinaloa y Veracruz (con cuatro cada uno); después Coahuila, Guerrero, Hidalgo, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí y Tamaulipas (con tres cada uno); luego Chiapas, Nayarit, Sonora y Tabasco (con dos cada uno); y de Aguascalie­ntes, Baja California Sur, Campeche, Guanajuato, Morelos, Puebla, Quintana Roo, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, con una normativa cada uno.

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