Banca española tendrá que devolver a sus clientes sobrecargo de intereses
POR CONTRATOS HIPOTECARIOS DEL 2009
LOS BANCOS españoles se enfrentan al pago de miles de millones de euros a sus clientes, tras la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que los condenó a devolver el sobrecargo de intereses que aplicaron a los contratos hipotecarios desde el 2009.
El tribunal europeo falló en contra del Tribunal Supremo español, que en mayo del 2013 había anulado las llamadas “cláusulas suelo” por ser poco transparentes, pero exoneró a los bancos de la devolución del sobrecargo hasta la fecha de la sentencia. Los jueces españoles indicaron, en aquel entonces, que la aplicación retroactiva podría generar “trastornos graves con trascendencia al orden público económico”.
Las “cláusulas suelo” blindaban las hipotecas a una tasa de interés mínima, de forma que los clientes no podían beneficiarse cuando la tasa oficial caía por debajo de ese nivel.
Cabe destacar que algunos bancos empezaron a aplicarlas a finales del 2009, cuando la crisis financiera golpeó a la economía española.
Asimismo, el Tribunal de Justicia Europeo indicó que limitar las devoluciones al 2013 resultaba incompatible con la ley común de la Unión Europea.
“Es un día histórico para los consumidores”, dijo Manuel Pardos, de la asociación de defensa de usuarios de bancos. “Las ‘cláusulas suelo’ eran un verdadero fraude diseñado por la gran banca”, condenó. Según la asociación, más de 3 millones de consumidores firmaron contratos con este tipo de cláusulas.
Por su parte, la Asociación Española de Banca informó, a través de un comunicado, que respeta la decisión del tribunal y que trabajará con sus clientes para implementarla.
La decisión del tribunal europeo ha sorprendido al sector bancario español, que si bien había previsto un costo extraordinario por las devoluciones, no contemplaba provisiones para devoluciones retroactivas que el grupo de consultoría Analistas Financieros Internacionales (AFI) estimó en 4,500 millones de euros.
“Las entidades españolas en general están capitalizadas”, acotó David Ruiz, experto en banca de la AFI, para quien la decisión no supone un riesgo sistémico a la banca o el sistema financiero español. “Es una cuestión de percepción, porque a los mercados no les gusta que se reduzca la solvencia”, agregó.
El fallo del Tribunal Supremo español del 2013 sólo afectó a tres bancos de forma directa. Otras entidades continuaron con el sobrecargo, algo que propició que el caso llegase al tribunal europeo de Luxemburgo.
En consecuencia, tras darse a conocer el fallo en contra del Tribunal Supremo español, el valor de las acciones de los principales bancos españoles descendió en el mercado de valores de Madrid.