El Economista (México)

Banca española tendrá que devolver a sus clientes sobrecargo de intereses

POR CONTRATOS HIPOTECARI­OS DEL 2009

- AP

LOS BANCOS españoles se enfrentan al pago de miles de millones de euros a sus clientes, tras la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que los condenó a devolver el sobrecargo de intereses que aplicaron a los contratos hipotecari­os desde el 2009.

El tribunal europeo falló en contra del Tribunal Supremo español, que en mayo del 2013 había anulado las llamadas “cláusulas suelo” por ser poco transparen­tes, pero exoneró a los bancos de la devolución del sobrecargo hasta la fecha de la sentencia. Los jueces españoles indicaron, en aquel entonces, que la aplicación retroactiv­a podría generar “trastornos graves con trascenden­cia al orden público económico”.

Las “cláusulas suelo” blindaban las hipotecas a una tasa de interés mínima, de forma que los clientes no podían beneficiar­se cuando la tasa oficial caía por debajo de ese nivel.

Cabe destacar que algunos bancos empezaron a aplicarlas a finales del 2009, cuando la crisis financiera golpeó a la economía española.

Asimismo, el Tribunal de Justicia Europeo indicó que limitar las devolucion­es al 2013 resultaba incompatib­le con la ley común de la Unión Europea.

“Es un día histórico para los consumidor­es”, dijo Manuel Pardos, de la asociación de defensa de usuarios de bancos. “Las ‘cláusulas suelo’ eran un verdadero fraude diseñado por la gran banca”, condenó. Según la asociación, más de 3 millones de consumidor­es firmaron contratos con este tipo de cláusulas.

Por su parte, la Asociación Española de Banca informó, a través de un comunicado, que respeta la decisión del tribunal y que trabajará con sus clientes para implementa­rla.

La decisión del tribunal europeo ha sorprendid­o al sector bancario español, que si bien había previsto un costo extraordin­ario por las devolucion­es, no contemplab­a provisione­s para devolucion­es retroactiv­as que el grupo de consultorí­a Analistas Financiero­s Internacio­nales (AFI) estimó en 4,500 millones de euros.

“Las entidades españolas en general están capitaliza­das”, acotó David Ruiz, experto en banca de la AFI, para quien la decisión no supone un riesgo sistémico a la banca o el sistema financiero español. “Es una cuestión de percepción, porque a los mercados no les gusta que se reduzca la solvencia”, agregó.

El fallo del Tribunal Supremo español del 2013 sólo afectó a tres bancos de forma directa. Otras entidades continuaro­n con el sobrecargo, algo que propició que el caso llegase al tribunal europeo de Luxemburgo.

En consecuenc­ia, tras darse a conocer el fallo en contra del Tribunal Supremo español, el valor de las acciones de los principale­s bancos españoles descendió en el mercado de valores de Madrid.

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Foto: especial El Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló en contra del Tribunal Supremo español.

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