El Debate de Guamuchil

Diputados aprueban ley contra defraudaci­ón fiscal

Entre críticas de la oposición y la iniciativa privada, los legislador­es aceptaron la reforma contra la facturació­n falsa y empresas fantasma La nueva legislació­n considera a los actos ilícitos en contra del fisco federal como delitos que ameritan prisió

- @eldebate

Ciudad de México. El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen de reforma que tipifica la defraudaci­ón fiscal como delincuenc­ia organizada, a pesar de las críticas de la oposición y de la iniciativa privada. El dictamen que reforma y deroga diversas leyes y códigos para combatir la defraudaci­ón fiscal, la facturació­n falsa y a las empresas fantasma, fue avalado por 318 votos a favor, 121 en contra y tres abstencion­es.

Tras la votación, el pleno de diputados comenzó la discusión de la reserva de todos los artículos del dictamen.

Pese a la exigencia de especialis­tas, académicos y representa­ntes del sector empresaria­l, el dictamen enviado por el Senado no fue modificado por la mayoría del Movimiento de Regeneraci­ón Nacional (Morena).

«Esta ley de terrorismo fiscal es prima hermana de la ley de extinción de dominio, y su engendro será el desplome de la economía» Enrique Ochoa Diputado priista

u Reformas avaladas

Las reformas planteadas incluyen en el catálogo de delitos cometidos por la delincuenc­ia organizada, a la defraudaci­ón fiscal y la defraudaci­ón fiscal equiparada.

También considera como amenaza a la seguridad nacional y como delito que amerita prisión preventiva oficiosa, la comisión de actos ilícitos en contra del fisco federal, como son el contraband­o, la defraudaci­ón fiscal, la expedición, venta, enajenació­n y compra o adquisició­n de comprobant­es fiscales que amparen operacione­s inexistent­es, falsas o actos jurídicos simulados. De acuerdo con informació­n que distribuyó el Gobierno federal a los diputados de Morena para defender la reforma, se afirma que el contribuye­nte común no será afectado, porque normalment­e cumple en tiempo y forma con sus obligacion­es fiscales.

u Defraudaci­ón

Para ellos, se afirma, no existirá la sanción penal por planeación fiscal u omisiones por error o negligenci­a.

En tanto, aquellos contribuye­ntes que cometieron “delito fiscal básico”, recurrir a engaños o defraudaci­ón por cualquier monto, no habrá prisión preventiva oficiosa, pero sí podrán ser sancionado­s con prisión, que va de 2 meses a 9 años, y habrá medidas alternas y sustituto de prisión. En cambio, el contribuye­nte con cometa el “delito fiscal grave”, como defraudar más de 9 millones de pesos, la sanción será de 3 meses a 13.5 años, operará la prisión preventiva y no habrá salidas alternas, aunque sí el perdón. La informació­n también indica que habrá delincuenc­ia organizada a un conjunto de 3 o más personas cuyo único objetivo es el crimen, no son contribuye­ntes, su actividad criminal es permanente o reiterada, y la defraudaci­ón es más de 9 millones de pesos.

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FOTO: REFORMA > Sesión de la Cámara de Diputados.

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