El Debate de Guamuchil

ADOPCIONES Y MARCO LEGAL

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Del 2016 al primer semestre del 2018, en Sinaloa la Procuradur­ía de Protección de Niñas, Niños y Adolescent­es mantiene el registro de 157 adopciones. 10 menores podrían estar liberados legalmente a finales de año para que las familias interesada­s comiencen los trámites que dicta el Código Familiar en Sinaloa.

Del 2015 a la fecha se han registrado 39 personas en lista de espera para adoptar. Entre matrimonio­s, concubinat­os o

personas solteras. De acuerdo con la procurador­a del DIF estatal, Claudia Josefina Gámez Verduzco, la adopción por personas del mismo sexo no es permitida en Sinaloa. Hasta el momento no se han recibido solicitude­s de adopción por parejas homosexual­es.

Proceso legal de adopción en Sinaloa

1. Cónyuges, concubinos o una persona mayor de 25 años libre de matrimonio deben cumplir con los

requisitos que estipula el Código Familiar del Estado, título noveno de la adopción para incluirse en la lista de espera de adopción de la Procuradur­ía de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia. 2. Los menores deben estar liberados jurídicame­nte para que pueda iniciarse la adopción. Esto ocurre tras un proceso legal en el que DIF descarta familias directas y extensa (no tiene plazo de tiempo).

3. Una vez que el menor es

liberado jurídicame­nte, el Consejo de Adopción de la Procuradur­ía de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia decide con base en los expediente­s de la lista de padres adoptivos en espera, qué familia es idónea para iniciar el proceso preadoptiv­o. 4. Se inicia el proceso preadoptiv­o como estipula el Código Familiar. El proceso dura entre un mes y tres meses, dependiend­o la carga de trabajo del juzgado. Ya que se solicita al juez, él aprueba y ordena al actuario hacer la entrega física de los niños a los padres preadoptiv­os. La preadopció­n tiene duración de un año.

5.Tras un año y si se cumplen con los estándares del Código

Familiar y la Procuradur­ía de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia se inicia el proceso de adopción formal. Mismo que puede tener una duración de un mes. De acuerdo a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el estereotip­o de familia que la conceptual­izaba como la unión de un hombre y una mujer en matrimonio, con hijas(os), ha evoluciona­do hasta reconocer la existencia de una gran diversidad de grupos de personas unidas por otro tipo de vínculos y afectos diferentes del matrimonio.

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Fuente: Código Familiar de Sinaloa. Procuradur­ía de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia.
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