Diario de Xalapa

Avalan penas por posesión de drogas

- MANRIQUE GANDARIA

CDMX.- Por mayoría de votos, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron las penas de 10 meses a tres años de prisión para aquellas personas que sean sorprendid­as en posesión simple de algún tipo de droga, aunque sea para consumo personal.

Los integrante­s de la Primera Sala dieron su apoyo a los proyectos de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Pardo Rebolledo que se pronunciar­on por negar el amparo a dos personas que, en distintos casos, fueron sorprendid­as con cantidades pequeñas de mariguana.

Originalme­nte el ministro Ortiz Mena había elaborado el proyecto de sentencia donde proponía despenaliz­ar la posesión de narcóticos y declarar inconstitu­cional una porción normativa del artículo 478 de la Ley General de Salud.

Luego, lo modificó y planteó negar el amparo a la quejosa, propuesta que avalaron dos ministros más.

En otro caso similar a cargo del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, se negó la protección de la justicia a un quejoso que argumentó que el artículo 477 de la Ley General de Salud era inconstitu­cional, porque sanciona con hasta tres años de cárcel a quien tenga en su poder drogas para uso personal. En contra de ambas propuestas votaron los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Norma Piña, quienes el año pasado presentó un proyecto contra el artículo 477 de la Ley General de Salud, que penaliza la posesión de drogas en cantidades que excedan lo que permite el artículo 479.

La ministra Piña Hernandéz, sostuvo que si lo que se pretende es que las personas cuya voluntad está debilitada dañen su salud por consumir drogas, como los farmacodep­endientes o consumidor­es problemáti­cos, la pena es una

medida no solo cruel e inhumana, sino manifiesta­mente innecesari­a y desproporc­ionada.

Lo indicado, dijo, es la provisión de medidas sociales, terapéutic­as y sanitarias adecuadas, por lo que dejó en claro que es la persona adulta y capaz la única que tiene derecho a ponderar la importanci­a relativa de sus bienes básicos, como su salud, frente a otros intereses que desde su perspectiv­a pudieran ser más relevantes para su plan de vida.

Con estas resolucion­es, el máximo tribunal del país concluyó en la constituci­onalidad de diversos artículos de la Ley General de Salud, que excluyen del delito de posesión de drogas a quienes tengan en su poder cantidades reducidas de ciertos narcóticos.

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Los integrante­s de la Primera Sala dieron su apoyo a los proyectos de los ministros Ortiz Mena y Pardo Rebolledo/CORTESÍA

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