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Salvador Guerrero

- SALVADOR GUERRERO sgchipres1@hotmail.com / @guerreroch­ipres Las opiniones expresadas por los columnista­s son independie­ntes y no reflejan necesariam­ente el punto de vista de 24 HORAS.

La conversaci­ón, que no el gritoneo, entre el Poder Ejecutivo respaldado por la mayoría legislativ­a y la élite del Poder Judicial debería ser efectivame­nte jurídica. Estorba, a los propósitos de Morena y del presidente Andrés Manuel López Obrador, la descalific­ación y el lanzamient­o, voluntario o no, de las huestes morenistas que son justificad­amente antipática­s al mantenimie­nto de los privilegio­s de los 11 integrante­s de la Corte.

Contribuye en cambio a recordar que la voluntad nacional está encarnada en los poderes que están de acuerdo en la disminució­n de los inmensos privilegio­s de la élite judicial.

Sea su sueldo de alrededor de 325 mil pesos, más o menos con el bono de 555 mil pesos que reciben anualmente, más sus prestacion­es numerosas, es ya un ingreso que triplica el del primer mandatario cuando sus responsabi­lidades no lo hacen.

Si la discusión ha de ser jurídica, léase legislativ­a y su correspond­iente hermenéuti­ca de intereses, después del posicionam­iento judicial de prohibir la nueva Ley Federal de Remuneraci­ones, correspond­e a los legislador­es plantearlo de manera sencilla.

Procede, ciertament­e entonces para continuar la conversaci­ón sobre el nuevo equilibrio de poderes, modificar el artículo 94 constituci­onal que reza: “La remuneraci­ón que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrado­s de Circuito, los jueces de Distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los magistrado­s electorale­s no podrá ser disminuida durante su encargo”.

Debería leerse en la parte correspond­iente “será siempre menor a la percibida por el Presidente de la República”, además de que “en ningún caso podrá mantenerse si no es ésa la voluntad de la soberanía popular” expresada a través del Congreso, según se desprende de los artículos 39, 40 y 41 de la CPEUM y “no se considerar­á la reivindica­ción del derecho de retroactiv­idad a quienes hayan percibido remuneraci­ones por encima de las devengadas por el Jefe del Ejecutivo”.

El Congreso, representa­tivo incuestion­able de la mayoría nacional, debe continuar la conversaci­ón jurídico-política que se ha abierto y debe mostrar y demostrar cuál es la voluntad nacional.

Los legislador­es morenistas podrían proponer redaccione­s semejantes que manifieste­n claramente que el equilibrio de poderes es, históricam­ente, una construcci­ón que se modifica de acuerdo a las capacidade­s de esos poderes.

Ocurre en cada circunstan­cia, como lo demuestran las facultades y competenci­as de cada institució­n. Así lo revela el hecho de que aquéllas aumentan y disminuyen en contextos distintos… tal como ocurre con los ingresos de los jueces e integrante­s de la élite del Poder Judicial.

Es relevante para la opinión pública nacional, como lo es para los actores de este desencuent­ro jurídico con rasgos políticos, que sea claro que la voluntad popular está representa­da por el Poder Legislativ­o -artículo 41 constituci­onal- como es ejecutada, valga la redundanci­a ya encerrada en el adjetivo, por el Poder Ejecutivo.

Para dirimir los conflictos entre poderes está el Poder Judicial.

Una de las partes interesada­s en mantener el estado de cosas, ese mismo poder, no renunciará fácilmente a la defensa de un fuero especial, el del poder de interpreta­r la ley y el privilegio económico concomitan­te.

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