Consideraciones paraoptara candidaturas
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Ahora que el mundo está más interesado en conflictos geopolíticos como la guerra en Siria, el problema nuclear norcoreano o la cuestión palestina, pareciera que se ha olvidado una fecha tan importante como la celebración del Día Internacional del Libro.
Dicha festividad se celebra el 23 de abril de cada año, desde 1996, y fue establecida por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) con el objetivo de estimular la lectura y la escritura. Esta fecha se escogió debido a que en la misma murieron en 1616 en diferentes calendarios (Gregoriano y Juliano), tanto don Miguel de Cervantes Saavedra, autor de la primera novela de la modernidad, “El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha”; el dramaturgo inglés William Shakespeare, autor de obras imperecederas como “Hamlet”, “Otelo”, “Macbeth”; y el Inca Garcilaso de la Vega, autor de la monumental obra Para optar a la candidatura de diputado o alcalde, ¿se necesita estar afiliado a un partido político?
En la Ley de Partidos Políticos, el Código Electoral y la Constitución, se encuentran algunos datos interesantes al respecto.
Por ejemplo en la Ley de Partidos Políticos en el art. 29, en asuntos internos de los partidos políticos sobre la determinación de los requisitos, procedimientos y mecanismos para la selección de precandidaturas y candidaturas a cargos de elección popular, el literal b dice: Que son asuntos internos de los partidos políticos... “la determinación de los requisitos y mecanismos para la libre y voluntaria afiliación de los ciudadanos y ciudadanas” y en el art. 21: Son derechos de los partidos políticos: a. Postular candidaturas en las elecciones a presidencia y vicepresidencia de la República, Diputaciones a la Asamblea Legislativa y al Parlamento Centroamericano; así como de Concejos Municipales, conforme a lo dispuesto en la Constitución, el Código Electoral y demás leyes aplicables. Concluimos en- “Comentarios Reales de los Incas”, sobre sus recuerdos de infancia en Latinoamérica, concretamente en el Perú.
Tres obras que marcan la evolución y perfeccionamiento como idiomas modernos del español y del inglés y, en el caso del Inca Garcilaso, el nacimiento de una identidad latinoamericana que recoge las tradiciones y costumbres sincretizadas del mundo europeo y latinoamericano, escritas en español.
Pero no solo ello, el Día Internacional del Libro, que en la actualidad se celebra en más de 110 países, cuenta desde 2001 con una capital Mundial del Libro, que se elige cada año y que cuenta entre sus ciudades a Madrid (2001), Bogotá (2007), Buenos Aires (2011) o a Conakry (Guinea) este año.
Siempre será una alegría para el planeta celebrar al libro y sus principales protagonistas, los escritores, los editores, los libreros y por supuesto, los lectores. Y el mundo sería más tranquilo si en lugar de producir armas o drogas, se produjeran libros.
En El Salvador, donde también los problemas locales atolondran al ciudadano común, como las pesquisas de los lavadores de dinero, los dimes y diretes de los politicastros del espectro nacional o la omnipresente criminalidad, este día también apenas será celebrado.
Con seguridad que El Salvador sería tonces que cada partido determina los requisitos y procedimientos.
En el caso de los concejos municipales, la Constitución de la República en el art. 202 establece que los miembros de los concejos municipales “...deberán ser mayores de 21 años, originarios o vecinos del municipio, electos para un periodo de 3 años y podrán ser reelegidos, y demás requisitos determinados por la ley”.
No está explícito el requisito de la afiliación partidaria para ser alcalde o parte del concejo municipal; sin embargo el art. 165 del Código Electoral establece que la solicitud de inscripción de la planilla presentada a la Junta Electoral Departamental debe ir acompañada de ciertos documentos, entre los cuales exige la constancia de afiliación partidaria y el punto de acta de la designación hecha por el partido político o coalición. En palabras llanas, el Código Electoral exige como requisito la afiliación partidaria. No hay otra forma de acceder a este cargo de elección popular.
En el caso de los diputados, la Constitución de la República en su art. 126 no establece la afiliación partidaria como requisito para ser elegido diputado, y el Código Electoral en el art. 160 tampoco establece la afiliación partidaria como documento exigible para optar a candidatura.
Con respecto a las elecciones internas: ¿Solo afiliados pueden inscribirse para optar a candidaturas? Habitualmente cada partido político pide menos desgraciado si se promoviera el hábito de la lectura de calidad, tanto nacional como mundial, entre las jóvenes y viejas generaciones. Ello implicaría un esfuerzo titánico de las instancias correspondientes del sistema educativo nacional, las cuales deberían ser apoyadas de manera resuelta por el Ejecutivo.
No es imposible, bastaría comenzar con la difusión masiva de nuestros clásicos como “Cuentos de barro” de Salarrué, “Cuentos y narraciones” de Francisco Gavidia, “Historias prohibidas del Pulgarcito” de Roque Dalton o “Estrellas en el pozo” de Claudia Lars.
Hay que remarcar, por otro lado, que en esta fecha también se celebra conjuntamente el Día Mundial del Derecho de Autor, cuyo objetivo prioritario es proteger la propiedad intelectual.
En España durante esta fecha se otorga el prestigioso Premio Cervantes, que el presente año ganó el narrador catalán Eduardo Mendoza, autor de la emblemática novela “La verdad sobre el caso Savolta”. El premio ha recaído en escritores latinoamericanos como Carlos Fuentes, Nicanor Parra, Fernando del Paso o Juan Gelman.
Leer os hará libres, dice una clásica consigna libertaria, por ello mi consejo al “querido e hipócrita lector”: leer, leer, leer y leer. como requisito para participar en las internas: ser parte de alguna estructura interna, cierta cantidad de años como militantes, ideológicamente afines, etcétera, de acuerdo con sus fundamentos funcionales, organizativos o doctrinarios.
¿Qué deberían hacer los que no son afiliados a los partidos y quieren postularse? Lo más recomendable es inscribirse en las elecciones internas, porque de lo contrario van en desventaja con los que están afiliados. Los electores tienen en su mayoría un sentido de pertenencia y lealtad a los intereses, principios y valores ideológicos que los une. Según los estatutos de los partidos mayoritarios, se debe estar afiliados para poder participar en las elecciones internas.
¿Y qué pasa con las planillas en las que se inscribe una coalición, es decir con candidatos fuera del partido? Tradicionalmente no exigen que se inscriban en las elecciones internas, ya que es una alianza en la que algunos candidatos provienen de fuera de la organización, pero si resultaren como candidatos al concejo municipal, es obligación que esté afiliado a uno de los partidos que forman la coalición.
Los partidos están en la obligación de realizar elecciones internas por medio de voto libre, directo, igualitario y secreto, para lo cual deben crear una Comisión Electoral en la que sus integrantes no deben ostentar o aspirar a cargos partidarios o de elección popular. Quienes se han preocupado verdaderamente por buscar las alternativas que satisfagan en mejor forma las ventajas para los trabajadores del sistema de pensiones, posiblemente no han considerado a los que Dios ha bendecido con una longevidad superior a los 80 o 90 años, puesto que un ingreso vitalicio a duras penas podría alcanzar para vivir dignamente menos de un par de décadas, esto si cuentan con la ayuda de hijos o nietos con su comidita y acaso un techo, indudablemente no tuvieron tiempo de pensar en el constante incremento del costo de vida y la galopante inflación de nuestros tiempos y del futuro inmediato, probablemente ninguno de los expertos e interesados en la reforma a la Ley de Pensiones se encuentre al borde de los 70 años de edad, ni los diputados cuando les toque votar para la legislación correspondiente, por lo que no estarán sufriendo en carne propia esta necesidad de incremento en las pensiones, de lo contrario pondrían el grito en el cielo.
Es posible que se esté previendo aumentar el número de asilos para ancianos con dineros del Estado o incluir en la reforma a la ley la obligación a descendientes directos de estas personas a que los mantengan, cualquiera que sea su condición económica, realmente serían disposiciones no muy acertadas que digamos, pero hay muchos casos en que tales familiares han emigrado, han fallecido, están desempleados y un sinfín de causas que no les permitiría cumplir ese compromiso legal; podría pensarse que todos estos señores involucrados en el tema consideren que son muy pocos este tipo de ancianos y no valga la pena quebrarse la cabeza para buscarles solución, sin tomar en cuenta que la ciencia, la tecnología y las vitaminas puedan curar enfermedades que antes no tenían solución o alargar la vida, pese a que Dios ya le señaló su día a cada quien desde que nace.
Valdría la pena, aunque fuese por curiosidad, saber por qué razón en la Ley de Creación del INPEP se estableció en el art. 73 A, reforma del 94, la “revaluación anual”, según estudios actuariales que señalarían el porcentaje, aunque nunca se ha cumplido tal disposición; por otra parte la Ley del Sistema de Ahorros y Pensiones (SAP), que dio vida a las AFP, indicó en el art. 210, ref. del 98, se pedía al Ministerio de Hacienda un incremento del 6 % a las pensiones vigentes, se solicitaría a los interesados verificar esta información y a la vez preguntar a quienes legislaron en esas épocas si tomaron en cuenta la existencia de la inflación y que el valor adquisitivo del dinero se reduce año con año o simplemente por filantropía del Estado o por quedar bien con los trabajadores, aun cuando debió obligarse a realizar estudios actuariales para estos fines al menos cada cinco años.
Ideas pueden surgir, lo importante es la voluntad o el deber de hacer estudios que permitan concluir en realidades, a vía de ejemplo simulado, aumentar el monto de las cotizaciones en X % a los trabajadores a partir de los 10 o 15 años de estar en el sistema, únicamente para cubrir las revaluaciones de las pensiones después de la primera década de estar gozando de ese beneficio, lo que eximiría de ese pago a quienes fallecieran a temprana edad por diversas causas; por supuesto se trata de una inquietud, los actuarios darían la realidad promedio a fin de cubrir parte de los costos, adicionalmente los intereses justos de los préstamos del fondo o inversiones racionales de los administradores del dinero ahorrado por los trabajadores.