Conflictos en la justicia
Por desgracia, la administración de justicia en la República, con frecuencia ha estado presionada, dirigida por los poderes fácticos, por el poder público, por dineros sucios, por el miedo.
No olvidar que Macario donaba justicia desde la Universidad de Manabí, con la venia de algunos de sus profesores. Después el Justiciero fue candidato a la Alcaldía de Portoviejo.
Ahora conozco algunos casos, donde la administración de justicia camina con incurias.
En el juicio No. 13334 – 2014 – 1389, prescripción adquisitiva de dominio, la actora afirma en su demanda que el terreno mide seiscientos ochenta metros cuadrados; se hace la inspección judicial y se establece que el terreno solo mide ciento veintiocho metros cuadrados. En primera instancia la jueza rechazó la demanda. Subió el juicio en apelación, y está ahora en la Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia de Manabí desde hace más de 18 meses. ¿Por qué se demora el juicio más de 9 años?
El 22 de enero de 2022, el diario El Universo informaba que por más de 18 años, exempleados del Banco Central de Guayaquil vienen reclamando sus derechos porque fueron separados de sus cargos injurídicamente. El juez de instancia aceptó el reclamo de 33 exempleados. El Banco Central interpuso acción extraordinaria de protección. La Corte Constitucional con fecha 2021 – 06 – 25 inadmitió el recurso. Caso No. 194 – 21. El Banco Central interpuso una nueva acción extraordinaria de protección. ¿Por qué el Banco Central no paga la indemnización correspondiente a los 33 exempleados?. ¿Hay seguridad jurídica en el país?
El juez de Montecristi dispone que se cree una veeduría para examinar un fallo, sentencia, de la Corte Constitucional que está en firme. Y el presidente del Consejo de Participación Ciudadana recoge el criterio del juez de Montecristi. Connotados juristas como el Dr. Hernán Salgado, expresidente de la Corte Constitucional, se sorprenden, se conmueven por el procedimiento injurídico del presidente del Consejo de Participación Ciudadana. El Consejo de la Judicatura, con dos votos, resuelve que se sancione al juez que conoce la causa. ¿Por qué se viola impunemente el art. 181 N. 5 de la Constitución? El presidente del referido organismo sabe cuántos son los vocales del Consejo de la Judicatura.
Los procedimientos ya referidos destrozan, no solo la administración de justicia, y al mismo tiempo impiden el desarrollo económico del país.
Se espera que la Corte Constitucional y la Corte Nacional de Justicia, donde hay juristas que actúan con responsabilidad, pongan a los que violan la ley en su sitio.