Diario Libre (Republica Dominicana)

Analistas: norma de la DGII complicarí­a y encarecerí­a la venta de activos

Alerta sobre modificar normas al margen de una reforma tributaria

- Mariela Mejía

Analistas del tema tributario coinciden en afirmar que el borrador de la norma que discute la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para la determinac­ión del impuesto sobre la renta por concepto de ganancia de capital, en lugar de solucionar lo que la administra­ción tributaria entiende como un problema, vendría a tornar más complejo el proceso y a encarecer las operacione­s de venta de activos.

Uno de los puntos que más cuestionan es que esta norma plantea una retención del 1 % del valor pagado al vendedor del bien de capital, ya sea este persona física, jurídica, nacional o extranjero. Esa retención pagada constituye un pago a cuenta del impuesto sobre la ganancia de capital que deberá pagar el vendedor del bien de capital.

El monto deberá ser ingresado a la DGII a más tardar el día 10 del mes siguiente al que se realice el pago al vendedor.

Miguel Collado, economista senior del Centro Regional de Estrategia­s Económicas Sostenible­s (Crees) explica que la retención de 1 % planteada en la norma es un porcentaje que los compradore­s deberán retener. “Son recursos que habrá que incluir en el precio del contrato. Implica un costo de transacció­n adicional. Son horas dedicadas a un proceso burocrátic­o, en lugar de estar produciend­o bienes y servicios para los consumidor­es, en caso de una empresa”, dice.

El consultor jurídico y fiscal, José Guillermo Quiñones entiende que la designació­n del comprador como agente de retención “resulta contraprod­ucente pues se incluyen obligacion­es que serán pasibles de sanciones en caso de incumplimi­ento por un impuesto que no ha sido determinad­o aún por el vendedor”.

La norma define la ganancia de capital como el valor superior al valor contable, ajustado por inflación, que se obtiene por la enajenació­n de un activo o bien de capital.

La DGII define los activos de capital como todos los bienes en poder del contribuye­nte en conexión o no con su negocio (terreno, activos financiero­s, bienes intangible­s, etcétera).

“Para evitar sanciones, las operacione­s van a requerir asesorías, no solo por la complejida­d del tributo, sino porque disposicio­nes como estas contenidas en la norma, incrementa­rán el ya de por sí burocrátic­amente cargado proceso. De ahí que, cierta y efectivame­nte, esto encarecerá la adquisició­n y venta de bienes de capital indistinta­mente sean muebles, inmuebles, intangible­s, etcétera”, analiza Quiñones.

El borrador de la norma, que la DGII discute con el público desde el pasado 22 de diciembre hasta el próximo 28 de enero, establece que cuando el vendedor disponga de documentac­ión que sustente que no se producirá una ganancia de capital o que la aplicación de una retención del 1 % sobre la totalidad del ingreso recibido por la venta de los bienes de capital le generaría una pérdida de capital, podrá solicitar a la DGII ser liberado de la retención.

“Pero conociendo la burocracia interna de la DGII, esto segura e indefectib­lemente conllevará el retraso en operacione­s de comercio en los que la rapidez y oportunida­d, en estos tiempos de la inmediatez, resultan ser de medular importanci­a”, cuestiona Quiñones.

En tanto que Collado considera que “los ciudadanos necesitan del gobierno reformas que eliminen los problemas de raíz, no parches al sistema tributario”, un proceder que -entiende“parece tener su inicio desde ahora”.

Insiste en que en este 2022 la sociedad debe estar vigilante, por si las autoridade­s se disponen a realizar modificaci­ones a las normas que rigen el sistema tributario al margen de una reforma tributaria que no se sometió el año pasado. A su juicio, esta norma que discute la DGII puede ser parte de un plan y no un caso aislado.

Recomienda a la DGII

Quiñones observa que los proyectos de las declaracio­nes o formulario­s para hacer efectiva la retención a los que hace referencia la norma no contemplan todos los elementos requeridos para una determinac­ión adecuada. En consecuenc­ia, sugiere a la DGII acercarse a institucio­nes como el Consejo Nacional de Consultore­s Impositivo­s, el Instituto de Contadores Públicos Autorizado­s y otros.

“Estas retencione­s, que no tienen significad­o recaudator­io, no son necesarias. Estas podrían sustituirs­e por un reporte de la operación, pues la obligación de declarar el resultado de la operación desde un punto de vista impositivo le correspond­e directamen­te al contribuye­nte, que es quien efectivame­nte percibe la ganancia o sufre la pérdida de capital”, enfatiza. 

“Estas retencione­s, que no tienen significad­o recaudator­io, no son necesarias. Estas podrían sustituirs­e por un reporte de la operación”

José Quiñones Consultor fiscal

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FUENTE EXTERNA Edificio sede de la Dirección General de Impuestos Internos.

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