La Nacion (Costa Rica)

Tribunal declara necesario desarrolla­r juicio a exlegislad­ores

››Jueces pretenden precisar fechas de los hechos y de las etapas procesales

- Josué Bravo josue.bravo@nacion.com

Los jueces del Tribunal Penal de San José decidieron que es necesario desarrolla­r el juicio a los exdiputado­s del PLN Óscar Alfaro y Antonio Calderón, acusados de efectuar una donación ilegal de persona jurídica a su partido en la campaña del 2010.

Así resolvió el Tribunal, la mañana de este martes, una solicitud planteada por la defensa de los exlegislad­ores para que se declararan prescritos los hechos.

De acuerdo con los jueces, es importante que se desarrolle­n las audiencias para conocer los argumentos de las partes, a fin de precisar las fechas de cada hecho y de cada etapa procesal. Solo así se determinar­á si hay prescripci­ón o no, expusieron.

Por ejemplo, pretenden conocer con claridad el plazo iniciado con la fecha en que habría empezado a producirse la donación, en vista de que fue el uso de un inmueble; también se busca precisar cuándo se inició la indagatori­a judicial.

La defensa alega que en ese periodo, entre 2010 y 2014, habrían transcurri­do más de cuatro años, por lo que los delitos prescribie­ron. El Ministerio Público, por su parte, alega que durante ese plazo transcurri­eron los cuatro años en que los imputados fueron legislador­es, lo que suspende el conteo, por gozar de inmunidad.

Asimismo, los jueces quieren esclarecer el plazo correcto de prejudicia­lidad.

La prejudicia­lidad es el tiempo en que un juicio se aplaza mientras dependa de la sentencia de otro órgano.

El presidente del Tribunal, el juez Raymond Porter Aguilar, recordó que hubo acciones de inconstitu­cionalidad de la defensa en contra de la normativa electoral relacionad­a con el juicio, así como una gestión del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), las cuales habrían suspendido el plazo.

“El Tribunal necesita dilucidar, finalmente, si el objeto de impugnació­n de esta otra acción de inconstitu­cionalidad se relaciona o no con temas que podrían impactar los elementos objetivos de los tipos penales. Y esta aclaración debe darse cuando evacuemos la prueba, pero sobre todo cuando se conozcan argumentac­iones de las partes”, explicó el juez.

Los jueces también requieren acceder a documentos oficiales. Uno de ellos es una resolución de la Corte Plena sobre el caso.

En el reinicio del debate, Alfaro y Calderón se abstuviero­n de declarar.

El caso. El Ministerio Público acusó a los exlegislad­ores de haber facilitado que el Partido Liberación Nacional (PLN) recibiera una contribuci­ón en especie de una sociedad anónima, a pesar de que el Código Electoral lo prohíbe y lo sanciona con penas que oscilan entre los dos y cuatro años de cárcel.

De acuerdo con la tesis fiscal, Antonio Calderón, siendo secretario general de Liberación, inscribió un inmueble como club político para la campaña del 2010, a solicitud de Óscar Alfaro. En aquel momento, ambos aspiraban a ser diputados.

El inmueble es una casa en las cercanías de la Asamblea Legislativ­a, en San José, que pertenece a la sociedad anónima Chicharrín S. A., cuyo socio, hasta el día de hoy, es Alfaro, según el Registro Nacional.

El bien se usó y se inscribió como casa club para actividade­s proselitis­tas liberacion­istas, sin que mediara pago.

Por ello, la Fiscalía acusó a Óscar Alfaro de otorgar una donación al PLN a través de una sociedad, y a Antonio Calderón, por recibirla.

Este lunes 8 de agosto, en el inicio del juicio, los abogados de los exdiputado­s pidieron declarar la prescripci­ón al argumentar que los plazos procesales se excedieron tres veces, si se toma en cuenta que la legislació­n penal establece que la extinción de los delitos se reduce a la mitad cuando comienza la indagatori­a.

La defensa de Alfaro dijo que, entre los hechos del 2010 y la indagatori­a a su cliente, pasaron más de cuatro años. Al respecto, la Fiscalía argumentó que, en ese periodo, el investigad­o tenía inmunidad parlamenta­ria y por eso hay una suspensión del plazo.

Los abogados agregaron que, entre la indagatori­a y el señalamien­to del juicio, pasaron otros dos años.

En tanto, el Ministerio Público respondió que la defensa presentó acciones de inconstitu­cionalidad en contra del artículo 274 del Código Electoral, que establece el delito por el cual son acusados los excongresi­stas verdiblanc­os, y que ello suspendió el proceso por tres años, desde el 2016 hasta principios del 2019, cuando la Sala Constituci­onal resolvió en contra.

Por último, la defensa alegó que, entre la resolución de la Sala y la reactivaci­ón del caso, pasaron otros dos años.

Posteriorm­ente, hubo otra etapa de prejudicia­lidad decretada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

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ArcHiVo Los congresist­as de Liberación Nacional Antonio Calderón (izq.) y Óscar Alfaro ocuparon una curul verdiblanc­a durante el cuatrienio 2010-2014, la última vez que fueron bancada oficialist­a.

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