Organizaciones ven inaceptable intervenir teléfonos de los periodistas
Sala Constitucional ratificó en dos votos el derecho de los comunicadores a guardar el secreto de las fuentes
El Colegio de Periodistas de Costa Rica y el Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (Iplex) calificaron de inaceptable la sugerencia hecha por la magistrada Iris Rocío Rojas Morales, en el sentido de que se deben intervenir los teléfonos de los periodistas para conocer quiénes son sus fuentes en el Poder Judicial.
Raúl Silesky Jiménez, presidente de Iplex, dijo: “Nos preocupa que una magistrada sugiera acciones en contra de ese derecho fundamental. Es inaceptable, ya que va en contra del voto N.º 07548 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, del 30 de abril del 2008, y de los estándares internacionales de libertad de prensa. Eso significaría un grave retroceso para nuestra democracia”.
Asimismo, indicó que la organización manifiesta su total oposición a la propuesta de Rojas, al tiempo que hizo un llamado al Poder Judicial para que impulse procesos internos de formación a sus magistrados, con el fin de que promuevan el fortalecimiento de nuestras libertades fundamentales y no lo contrario.
Belisario Solano Solano, jerarca del Colegio de Periodistas de Costa Rica, censuró abiertamente la propuesta de la magistrada Rojas tendiente a intervenir los teléfonos de los periodistas.
“No es posible que la prensa costarricense sufra tal ataque y mucho menos proviniendo del Poder Judicial. Invito a la magistrada Rojas a dejar de lado esa propuesta y que sea al interior de la Corte que investiguen si hay o no fuga de información”, manifestó el comunicador.
Según Solano, la manifestación de la jueza se podría entender “como una manera de atentar contra la libertad de prensa, contra el secreto de las fuentes y contra el derecho a la información que tiene la sociedad costarricense. Censuramos tal propuesta y pedimos a los magistrados detener cualquier avance en esa dirección”.
Iris Rocío Rojas, integrante de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, sugirió en la sesión de Corte Plena la posibilidad de “plantear una reforma para que se puedan intervenir los teléfonos y comunicaciones de los periodistas con el fin de averiguar cuáles son fuentes dentro del Poder Judicial, ante posibles fugas de información”.
“El secreto de la fuente del periodista no es ilimitado”, declaró Rojas en alusión a la eventual fuga de información de operativos policiales que pueden fracasar por filtrarse a la prensa.
“NO ES POSIBLE QUE LA PRENSA COSTARRICENSE SUFRA TAL ATAQUE Y MUCHO MENOS PROVINIENDO DEL PODER JUDICIAL. INVITO A LA MAGISTRADA ROJAS A DEJAR DE LADO ESA PROPUESTA Y QUE SEA AL INTERIOR DE LA CORTE QUE INVESTIGUEN SI HAY O NO FUGA DE INFORMACIÓN”. Belisario Solano Presidente Colegio de Periodistas “DESDE LUEGO QUE NO ESTAMOS DE ACUERDO CON UNA INTERVENCIÓN A LOS TELéFONOS DE LOS PERIODISTAS. ME PARECE QUE NUESTRO COMPROMISO CON LA LIBERTAD DE PRENSA DEBE LLEVARNOS A EXPRESARNOS EN CONTRA DE ESTE TIPO DE INICIATIVAS”. Víctor Morales Ministro de la Presidencia “NOS PREOCUPA QUE UNA MAGISTRADA SUGIERA ACCIONES EN CONTRA DE ESE DERECHO FUNDAMENTAL. ES INACEPTABLE, YA QUE VA EN CONTRA DEL VOTO N.º 07548 DE SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, DE 30 DE ABRIL DEL 2008 Y DE LOS ESTÁNDARES INTERNACIONALES DE LIBERTAD DE PRENSA. ESO SIGNIFICARÍA UN GRAVE RETROCESO PARA NUESTRA DEMOCRACIA”. Raúl Silesky Presidente de Iplex
Nota aclaratoria. Este martes, Iris Rocío Rojas, en una nota aclaratoria a lo sucedido en la sesión de Corte Plena del lunes, dijo: “El orden de las afirmaciones pudo no tener la hilación adecuada, por eso es necesario aclarar por esta vía que estoy convencida de que investigar la fuga interna de información (en el Poder Judicial) a través de un protocolo, podría enfrentarse al Derecho de la Constitución y afectar el resultado de las investigaciones internas”.
Asimismo, hizo ver que las “reflexiones jurídicas emitidas por la suscrita en esa sesión, no representan la voluntad del órgano; por tanto, no existe el riesgo de un abordaje distinto a la línea de acción ya emprendida.
”Espero que el protocolo cumpla con el propósito planteado. Reitero que no existe ningún acuerdo de la Corte Plena para avanzar de manera diferente a la elaboración de un protocolo para la solución de este tema”.
Durante la tarde, en la conferencia de prensa de Casa Presidencial, el ministro de la Presidencia, Víctor Morales, también censuró la sugerencia de la magistrada.
“Desde luego que no estamos de acuerdo con una intervención a los teléfonos de los periodistas. Me parece que nuestro compromiso con la libertad de prensa debe llevarnos a expresarnos en contra de este tipo de iniciativas”, manifestó.
Jurisprudencia. Sobre el tema del secreto profesional, la Sala Constitucional, se había pronunciado en abril del 2008 y en marzo del 2014, al resolver dos recursos de amparo.
El primero tiene que ver con una gestión que hizo un vecino de Escazú para que La Nación le diera copia de los documentos que fundamentaron la publicación de una investigación periodística en el 2007.
Debido a que el diario le contestó que proporcionar esa documentación vulneraba el derecho de los periodistas a no revelar sus fuentes, el interesado presentó el recurso de amparo.
Los magistrados, en el voto 7548-2008, rechazan el recurso y determinan: “Los periodistas tienen la titularidad y el ejercicio del derecho fundamental a guardar secreto de las fuentes de información, el cual dimana del derecho general a la información, todo con el propósito de garantizar la reserva de la identidad de estas para así propiciar la formación de una opinión pública libre y el pluralismo democrático, de lo contrario, las fuentes de información no se la suministrarían a los medios de comunicación colectiva”.
Después, en marzo del 2014, los magistrados acogieron un recurso de amparo interpuesto por el periodista Manuel Estrada, de Diario Extra.
El comunicador denunció que el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y el Ministerio Público le habían hecho, sin la autorización de un juez penal, un rastreo telefónico con la finalidad de conocer quién era una fuente de información.
“En el caso del rastreo de llamadas a teléfonos del periodista en cuestión, se violentó su derecho a la intimidad y su derecho al secreto de las fuentes periodísticas”, dijo la Sala.
En esa ocasión, los magistrados estimaron que la prueba obtenida por las autoridades judiciales era nula.