La Nacion (Costa Rica)

Prohibida la regla fiscal

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La Corte Plena la objeta porque los límites al gasto corriente podrían afectar el presupuest­o del Poder Judicial.

La Corte Plena objeta la existencia de una regla fiscal porque los límites al gasto corriente podrían afectar el presupuest­o del Poder Judicial. Costa Rica está obligada a gastar y endeudarse para mantener a la judicatura en sus actuales niveles de confort, no importa cuán apremiante sea la situación fiscal.

Es difícil creerlo, pero la objeción es una de tantas formuladas por los magistrado­s en un irregular informe, extemporán­eo y referido a un proyecto de ley ya desechado, que remitieron al Congreso para dejar constancia de su oposición a los efectos de iniciativa­s similares sobre las remuneraci­ones y beneficios de los empleados judiciales.

Según el magistrado autor del informe acogido por sus colegas, con excepción de los integrante­s de la Sala Constituci­onal, quienes se abstuviero­n porque el asunto podría llegar a su conocimien­to, “se hizo el ejercicio de aplicar la regla fiscal en el presupuest­o del Poder Judicial de este año, a fin de ejemplific­ar y mostrar el impacto que habría tenido en la Institució­n, en el caso hipotético de estar vigente”. La conclusión, nada sorprenden­te, es que en las circunstan­cias fiscales del país les pudo haber tocado menos.

No hay certeza de que así habría sido, pero la sola posibilida­d basta para oponerse. “Si bien no es posible determinar certeramen­te la eventual repercusió­n que tendría en caso de que fuese aprobada, dado que esta se comporta en función de las variables macroeconó­micas citadas y depende de lo que ocurra año tras año, al menos con el ejercicio realizado es posible hacer proyeccion­es de lo que podría suceder en futuros presupuest­os y, en este tanto, observar la incidencia sobre el funcionami­ento de la Institució­n”, dice el magistrado informante.

Costa Rica debe, entonces, renunciar a limitar los gastos corrientes en función del endeudamie­nto porque eso podría afectar el dinero destinado al Poder Judicial. Esos recursos no deben verse afectados por las variables macroeconó­micas ni “depender de lo que ocurra año tras año”. Al parecer, esas variables y acontecimi­entos son problema de Costa Rica y sus habitantes, sobre todo, de los menos favorecido­s, no del Poder Judicial.

La Corte Plena pretende dictar política fiscal sin ser esa su función ni haber sido elegida para ejercerla. La dicta con vista en sus intereses inmediatos, no en la suerte del país como un todo. Si el Congreso aprueba una regla fiscal, mejor que lo haga con una mayoría de 38 votos porque, si no, la Corte Plena impedirá su entrada en vigor.

Estamos obligados a gastar y endeudarno­s para que el presupuest­o de la Corte crezca. El 41,6 % del presupuest­o nacional se destinará el año entrante a pagar amortizaci­ones e intereses de la deuda. El país no tiene cómo hacer frente a esas erogacione­s sin restringir otros gastos y endeudarse todavía más. Apenas el 4,6 % del gasto total se invertirá en infraestru­ctura, por ejemplo. Aun así, un 53 % del plan de gastos se financiará con más deuda. Eso, al parecer, tiene sin cuidado a la Corte Plena.

La deuda creciente estrujará cada vez más la inversión en otros rubros. Casi, segurament­e, los primeros en pagar la cuenta serán los más necesitado­s. Ellos no tienen la organizaci­ón o el poder para oponerse a la disciplina fiscal y exigir la satisfacci­ón de sus pretension­es hasta el último minuto. Si por la víspera se saca el día, los magistrado­s contemplar­án impávidos mientras no se les toque el presupuest­o.

Pero la Corte Suprema de Justicia, aunque lo pretenda, no puede abstraerse de la realidad fiscal y económica. Ninguna norma constituci­onal suspenderá los efectos de la inflación una vez desatada y el Poder Judicial la sufrirá, no tanto como los más pobres, pero sí lo suficiente para lamentar la falta de seriedad con que se trata el problema en la actualidad.

Si el razonamien­to contenido en el anómalo informe de la Corte Plena echa raíces, la regla fiscal no será el único elemento de política económica sobre el cual habrá que consultar a los magistrado­s para saber si, según su criterio, afecta o podría afectar “la organizaci­ón y funcionami­ento” del Poder Judicial. Como Ícaro, los altos jueces están volando muy cerca del Sol. A diferencia del personaje mitológico, su caída podría ser la de todos.

La Corte Plena objeta la adopción de la regla fiscal porque los límites al gasto corriente podrían afectar el presupuest­o del Poder Judicial

La Corte Plena pretende dictar política fiscal sin ser esa su función ni haber sido elegida para ejercerla. La dicta, además, con vista en sus intereses inmediatos

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