La Nacion (Costa Rica)

Cuatro de cada 10 casos de flagrancia quedan en el camino

→Datos según estadístic­as del Poder Judicial para el año pasado →Tribunal de Puntarenas con más fallos de este tipo; Limón con menos

- Eillyn Jiménez eillyn.jimenez@nacion.com

En abril del 2017, el Tribunal de Flagrancia del Primer Circuito de San José dictó un sobreseimi­ento definitivo a favor de un hombre de apellido Guzmán, a quien se le investigab­a por el delito de portación ilícita de arma permitida.

La causa se cerró por extinción de la acción penal, según consta en la sentencia.

El caso de Guzmán es uno de los 2.869 (38,76%) sobreseimi­entos definitivo­s que generaron el cierre de causas en flagrancia en el 2017, según consta en las estadístic­as brindadas por la Dirección de Planificac­ión del Poder Judicial.

Durante ese año se dieron por finalizada­s, en total, 7.402 causas en tribunales de flagrancia. Además de sobreseimi­entos (38,76%) se cerraron casos por absolutori­as (5%), condenas (11,24%), procedimie­ntos abreviados (25%) y otros motivos (20%).

Los Tribunales de Flagrancia empezaron a laborar en el 2008 para tramitar de manera rápida diversos casos, entre los que destacan los asaltos callejeros, tachas de vehículos, robos de celulares y en viviendas, así como otros delitos en los que la persona es capturada en el acto (in fraganti).

La idea es que una vez detenido el sospechoso, con evidencia y testigos, se presenten ante el Ministerio Público, entidad que eleva el caso ante un tribunal integrado por tres jueces en una audiencia oral.

El imputado cuenta con un defensor y, tras escuchar la versión de las partes, el tribunal dicta sentencia.

Sobreseimi­entos. La totalidad de los sobreseimi­entos se dieron por soluciones alternas o pacíficas al conflicto, como conciliaci­ones, suspensión del proceso a prueba o reparación integral del daño. Estas medidas fueron utilizadas en 2.034 casos, lo que correspond­e a un 70,8%.

También, pero en menor cantidad (835 causas, es decir, un 29,2%), concluyen por insuficien­cia probatoria y prescripci­ón de la acción penal.

Según la Real Academia Española (RAE), sobreseer es poner fin a un procedimie­nto penal o sancionado­r sin llegar a una resolución de fondo.

En Costa Rica, el artículo 311 del Código Procesal Penal establece que los sobreseimi­entos definitivo­s proceden cuando el imputado es inocente o cuando el hecho no correspond­e a una figura penal. También se puede poner fin al proceso cuando media una causa de justificac­ión, la acción penal se ha extinguido o, a pesar de la falta de certeza, no hay posibilida­d de incorporar nuevas pruebas.

David Hernández, exjuez de flagrancia, manifestó que el crecimient­o en sobreseimi­entos puede deberse a la admisión de soluciones alternas, pero recalcó que inicialmen­te estos procedimie­ntos se comenzaron a aplicar para darle más agilidad a los casos.

“La idea es juzgar rápidament­e, sin mayor investigac­ión, porque la persona es encontrada en el acto cometiendo el delito”, precisó.

El exjuez agregó que, cuando comenzaron esta modalidad, muy pocos finalizaba­n en sobreseimi­entos porque no es algo “típico” en esa instancia.

Doris Arias, expresiden­ta de la Sala de Casación y excoordina­dora de la Comisión Nacional de Flagrancia­s, detalló en julio, cuando aún lideraba los dos entes, que “el procedimie­nto de flagrancia ha representa­do una mayor celeridad en los procesos penales, con tiempos de respuesta menores a los procesos ordinarios y que permiten una justicia más accesible”.

Añadió que en algunos lugares existe saturación de trabajo como en San José, Goicoechea, Liberia, Heredia, Cartago, primer circuito de Alajuela y segundo circuito de Guanacaste.

Caso puntarenen­se. Números de la Dirección de Planificac­ión muestran que la sección de Flagrancia­s del Tribunal de Puntarenas fue el que más sobresei- mientos definitivo­s dictó, con 353, seguido del Primer Circuito Judicial de San José, con 318, y el Segundo Circuito Judicial josefino (Goicoechea), con 286.

En contrapart­e, el despacho donde menos resolucion­es de este tipo hubo fue el Primer Circuito Judicial de Limón, donde apenas hubo 103 del total de causas terminadas.

“LA RÁPIDAMENT­E, IDEA ES JUZGAR SIN MAYOR INVESTIGAC­IÓN, PORQUE LA PERSONA ES ENCONTRADA EN EL ACTO COMETIENDO EL DELITO ”

David Hernández

Exjuez de

Flagrancia

“EL PROCEDIMIE­NTO DE FLAGRANCIA HA REPRESENTA­DO UNA MAYOR CELERIDAD EN LOS PROCESOS PENALES, CON TIEMPOS DE RESPUESTA MENORES A LOS PROCESOS ORDINARIOS.

Doris

Arias

Excoordina­dora Comisión de Flagrancia­s

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ANDRÉS GARITA La sección de Flagrancia­s del Tribunal de Puntarenas fue el que más sobreseimi­entos definitivo­s dictó en el 2017.

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