Magistrados alegan ‘paz social’ para postergar matrimonio homosexual
Indican que quieren evitar ‘graves dislocaciones’
¿Por qué la Sala IV decidió mantener viva una norma que declaró inconstitucional?
El alto tribunal postergó la entrada en vigencia del matrimonio homosexual por 18 meses con el argumento de que era necesario evitar “alteraciones a la paz social”.
Así lo explicó, la noche del miércoles, Fernando Castillo, presidente de la Sala Constitucional, cuando anunció que la Asamblea Legislativa disponía de ese plazo para “adecuar” la legislación, aunque la Sala declaró inconstitucional el inciso del Código de Familia que prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo.
“Las sentencias de un tribunal constitucional, eventualmente, pueden generar graves alteraciones de la paz social. Entonces, el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción (Constitucional) establece que, para evitar esas graves alteraciones de la paz social, lo que ocurre es que se le da la potestad al tribunal para dimensionar los efectos de la sentencia en el tiempo y en el espacio”, explicó Castillo.
El presidente de la Sala IV incluso justificó la sentencia “con efecto futuro” por la necesidad de evitar “graves dislocaciones”. Una dislocación significa sacar algo del lugar en el que estaba.
“Eso es lo que está diciendo el voto de mayoría, y deja vigente, por un plazo de 18 meses, la norma impugnada. Es una sentencia con efecto futuro. O sea, es una sentencia donde se establece una inconstitucionalidad, pero para evitar graves dislocaciones, se mantiene 18 meses la vigencia del artículo 14, inciso 6 (del Código de Familia)”, agregó.
Críticas. En criterio de la Defensoría de los Habitantes, el sustento de la Sala IV de resguardar la paz social sería válido si la ley que hasta el momento les impide casarse a las personas del mismo sexo, se hubiera declarado inconstitucional inmediatamente.
“La paz social no solo se mantiene, sino que se fortalece, con el respeto irrestricto de los derechos humanos, con el reconocimiento de la dignidad de la persona, con el compromiso por la igualdad. A estos principios apunta un sistema democrático hoy día y en toda la historia de la humanidad”, respondió la Defensoría ante una consulta de La Nación.
Dayana Hernández, de la or- ganización Trans Vida, lamentó que la resolución de la Sala IV no haya sido expedita.
“¿Cómo es posible que estén en estos puestos (los magistrados), en los que se toman decisiones, justamente, para buscar igualdad en todas las poblaciones, y que le tiren la pelota a la Asamblea (Legislativa)?
”¿Es que no entienden el derecho internacional, no entienden que reconocer el matrimonio entre personas LGBTI (lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales) no pone en riesgo los matrimonios de las personas heterosexuales?”, expresó la vocera.
Según Hernández, la orden girada a Costa Rica en enero de este año por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) es “clara”.
En una opinión consultiva, ese tribunal le pidió a nuestro país garantizar a las parejas del mismo sexo todos los derechos existentes en la legislación, incluido el matrimonio, sin discriminación alguna frente a las parejas heterosexuales.
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“AUNQUE LA D EFENSORÍA DE LOS HABITANTES REITERA EL RESPETO AL FALLO, CONSIDERA QUE EL ARGUMENTO DE PAZ SOCIAL COMO SUSTENTO SERÍA CORRECTO SI HUBIERA ENTRADO A REGIR LA INCONSTITUCIONALIDAD (DEL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 14 DEL CÓDIGO DE FAMILIA) DE MANERA INMEDIATA. Defensoría de los Habitantes