El Heraldo (Colombia)

Contralorí­a halla anomalías por más de $2.600 millones en el Legislativ­o

Falta de veeduría en contratos y pago de deudas atrasadas, la razón de las irregulari­dades.

- Por Juan Sebastián Moreno

Luego de adelantar auditorías tanto en la Dirección General Administra­tiva del Senado como en la Dirección Administra­tiva de la Cámara de Representa­ntes, la Contralorí­a encontró irregulari­dades fiscales por más de $2.600 millones de pesos, las cuales se derivan de contratos firmados desde el año 2013, y de pagos de deudas que se remontan a años anteriores.

Mientras en el Senado el ente de control formuló hallazgos con incidencia fiscal por un valor total de $1.765, en la Cámara lo hizo por $921 millones.

EL SENADO. Respecto al Senado, los hechos están relacionad­os con el no pago de los aportes pensionale­s al Fondo de Previsión del Congreso durante los meses de marzo a septiembre del año 1999, motivo por el cual en la vigencia 2016 realizó abo- por dicho concepto, cancelando no solo los aportes que le correspond­ían como empleador, sino también los aportes a cargo de los empleados ($276.593.257,93) e intereses de mora ($ 716.310.032,00).

También se encuentra un contrato celebrado en el 2015 con vigencia hasta el pasado 23 de agosto, el cual se realizó con el fin de modernizar las baterías sanitarias del Senado, pero que, de acuerdo con la Contralorí­a, presentó “una mayor obra ejecutada sin evidencia o justificac­ión técnica”, lo cual produjo un detrimento público de $85.201.204,32.

Para la Cámara alta además se reportó otro contrato que se firmó con el fin de adecuar las oficinas del Senado, y que evidenció un detrimento patrimonia­l de $36.931.648,82, derivado de las diferencia­s en las cantidades de obra verificada­s frente a las registrada­s en el acta de recibo final.

Existe otro monto por $650.145.465,00 que se explica por el pago de mora a la Caja de Compensaci­ón Familiar producto de malas liquidacio­nes realizadas.

CÁMARA BAJA. En la Cámara de Representa­ntes, la Contralorí­a encontró que las falencias están relacionad­as con la ejecución de los contratos de intermedia­ción para la venta de vehículos a través de subasta pública, específica­mente en la determinac­ión del precio mínimo de venta. Esto obedece a deficienci­as en los criterios técnicos utilizados en la determinac­ión de los avalúos y a debilidade­s en la labor de supervisió­n de dichos contratos firmados en los años 2015 e inicios del 2016.

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