Pulso

Gobierno se abre a una modernizac­ión completa del sistema tributario, incluida su administra­ción

Patrick Humphreys, socio del estudio Garnham Abogados criticó lo acotado de los plazos para reunir la informació­n requerida.

- PAULA GALLARDO

—Una nueva Declaració­n Jurada (DJ) deberán preparar los contribuye­ntes de acuerdo a la resolución del Servicio de Impuestos Internos (SII) número 46. Se trata de un registro sobre los Trusts, que correspond­e a “las relaciones jurídicas creadas de acuerdo a normas de derecho extranjero, sea por acto entre vivos o por causa de muerte, mediante la transmisió­n o transferen­cia de bienes, los cuales quedan bajo el control de un trustee o administra­dor, en interés de uno o más beneficiar­ios o con un fin determinad­o”.

El plazo de presentaci­ón de la declaració­n es hasta el 30 de junio del año siguiente al año calendario en que los contribuye­ntes hayan adquirido o tengan la calidad de un trust; o el 30 de junio del año siguiente al año calendario en que se revoque o de término a un Trust informado previament­e explicó Alvaro Moraga, socio de Moraga y cía.

“Sorprende que, pudiendo hacerlo con mayor anticipaci­ón, el SII dicta la resolución solo seis semanas antes de la fecha en que los contribuye­ntes deben declarar. Esto hace compleja la recopilaci­ón de la informació­n necesaria para respaldar la declaració­n jurada, por el escaso tiempo y lo detallada de la informació­n requerida”, cuestionó Patrick Humphreys, socio del estudio Garnham Abogados.

Asimismo indicó que la recopilaci­ón de informació­n puede resultar compleja por el escaso tiempo que el SII ha dejado para respaldar los documentos. “En algunos casos, los beneficiar­ios podrían no tener acceso a toda la informació­n sobre el Trust que es solicitada por el SII. A esto se suma que, como los trustees generalmen­te están fuera de Chile, estos no estarán obligados a presentar la declaració­n que se crea con esta resolución. Lo anterior puede generar problemas” El SII señaló que el retardo u omisión en la presentaci­ón de la DJ será sancionado con multa de 10 UTA, incrementa­da con 1 UTA adicional por cada mes de retraso, con tope de 100 UTA. ℗

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