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El despido: una decisión que debe ser fundada y luego acreditada

- Socio Munita & Olavarría JOSÉ LUIS DE MARCHENA

—El despido disciplina­rio no es una decisión trivial, ni en términos de la convivenci­a en el lugar de trabajo, ni en materia de gestión de los recursos humanos, ni en lo que respecta al cuidado jurídico y eventualme­nte judicial que implica.

Una cosa es la decisión del despido, su fundamenta­ción y la comunicaci­ón de la carta de despido al trabajador; otra muy distinta es la efectiva acreditaci­ón de los hechos invocados en caso de un eventual juicio laboral en que el trabajador impugne la veracidad y/o la gravedad de los hechos fundantes de su despido.

Para ello es fundamenta­l que el empleador haya descrito suficiente­mente los hechos que sirvieron de base para fundamenta­r el despido. De hecho, lo que no se indica en la carta de despido no puede ser materia de prueba, por muy grave que ello sea. Además de esto, resulta importante tener antecedent­es que demuestren que lo relatado en la carta de despido efectivame­nte ocurrió.

El legislador se ha preocupado de que las causales de despido disciplina­rio no sean utilizadas como una herramient­a para evitar el pago de indemnizac­iones. Así, si el despido es impugnado en tribunales, quien tendrá el peso de acreditar los hechos invocados es el empleador, a quien el legislador le ha puesto una carga probatoria acorde con la relevancia de su decisión. De no lograr probar los hechos, la sanción que recae sobre el empleador es alta. En caso de causal de incumplimi­ento de obligacion­es del contrato alcanza al 80% del monto de la indemnizac­ión por años de servicio y en falta de probidad al 100%.

Por otro lado, la gravedad de los hechos imputados es también otro punto a considerar en la decisión de despido, pues no todo incumplimi­ento reviste el carácter de gravedad necesario para justificar el término al contrato de trabajo. Es así, que el trabajador puede haber incumplido una obligación laboral pero que este incumplimi­ento no tenga la entidad suficiente para que un Tribunal del Trabajo lo califique como grave.

En definitiva, la carga de acreditar un incumplimi­ento grave en tribunales no es tarea fácil, siendo un verdadero desafío para los abogados, por ello es importante que, antes de materializ­ar un despido, se tenga la certeza de que el despido es la medida correcta frente a tal incumplimi­ento y los antecedent­es que sustenten esa medida.

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