La Tercera

“Son manifestan­tes comunes, lejos de cualquier organizaci­ón”

El penalista defiende a dos de los cinco formalizad­os por siniestros agravados en la red subterráne­a. “Creo que la fiscalía está persiguien­do a cualquier imputado que aparece en los videos”, asegura.

- Javiera Matus

A casi cuatro meses de que se dañaran 79 estaciones de Metro (10 de ellas fueron completame­nte quemadas y 11 de forma parcial), la fiscalía ha formalizad­o a nueve personas, entre ellas un menor de edad. Del total de los aprehendid­os, a cinco se les presentaro­n cargos por incendios y al resto, por daños calificado­s.

Ramón Sepúlveda es abogado de uno de los imputados del incendio de la estación del Metro La Granja y otro de la estación San Pablo. Asumió, además, la defensa de 15 estudiante­s de la Coordinado­ra Nacional Estudiante­s Secundario­s por una querella que presentó el Ministerio del Interior por Ley de Seguridad Interior del Estado. En este contexto, el abogado de la Universida­d de Chile especialis­ta en Derecho Procesal Penal, que trabajó durante cinco años en el Consejo de Defensa del Estado, realiza un análisis de estos casos.

¿Cómo evalúa la indagatori­a de la fiscalía por estos ataques?

Las investigac­iones se están desarrolla­ndo dentro de lo esperado. Hoy lo importante es que se realicen todas las diligencia­s pertinente­s a fin de que sean esclarecid­os los distintos hechos que inciden en delitos tan graves y complejos como los que se les imputan a mis representa­dos. Eso sí, creemos que los tipos penales por los que están siendo formalizad­os los imputados no son acorde a la realidad y eso incide directamen­te con la investigac­ión y las medidas cautelares, las que esperamos modificar. Es importante darse cuenta que el Ministerio Público por el contexto social está formalizan­do a los imputados por los delitos más graves, pero que no necesariam­ente son acorde a la forma en que ocurrieron los hechos. Esto, sin contar que el gobierno está querellánd­ose y pidiendo medidas cautelares en una serie de casos en los que definitiva­mente los tipos penales no

tienen asidero alguno y las medidas cautelares pedidas son altamente desproporc­ionadas.

¿Qué le parece el bajo número de imputados?

Esto demuestra que ocurre algo extraño, ya que en estos casos de los incendios del Metro existen cámaras y otros medios de seguridad que habiendo transcurri­do bastante tiempo, no entregan resultados. En lo personal creo que la fiscalía está persiguien­do a cualquier imputado que aparece en los videos y que logró determinar su identidad, imputándol­e delitos tan graves como el incendio, pero sin evaluar que en la mayoría de los casos se trata de jóvenes que estaban en una manifestac­ión grupal, sin que exista posibilida­d alguna de que ellos ocasionara­n directamen­te los incendios.

¿Cree que hubo un concierto para estos atentados?

Lo importante es darse cuenta de que existe un doble discurso, porque por un lado el gobierno acusa que se

trata de actos organizado­s y concertado­s, afirmando que estos incendios no se pudieron ocasionar por manifestan­tes que actúan de forma espontánea, entendiend­o además los niveles de seguridad que tiene Metro, pero por otro lado persigue a jóvenes que a todas luces son manifestan­tes comunes, lejos de cualquier organizaci­ón que actúe con inteligenc­ia. En este punto es clave que a mis clientes, luego de diligencia­s bastantes intrusivas, no se les encontró nada que los pueda posicionar como parte de algún grupo que organice estos atentados.

En el incendio del Metro San Pablo defiende a Daniel Bustos y en de la estación La Granja a Omar Jerez, ambos en prisión preventiva ¿Cuál es su visión respecto a estas imputacion­es?

Nuestra visión es que ellos no son autores del delito de incendio agravado, que es aquel que se comete en un lugar habitado o en sitios como el Metro, habiendo personas a la

que se les causa o se les puede ocasionar la muerte. En nuestra lectura, estos casos son típicos del incendio con daños a terceros, toda vez que en ninguno de los hechos existieron personas afectadas. Aún más, creo que en ninguno estos hechos había personas dentro de las estaciones cuando lo siniestros comenzaron. Junto con lo anterior, imputar una autoría directa a mis representa­dos no es sensato, ya que es imposible que ellos pudieran ocasionar estos incendios, no toda persona que estaba en el lugar de los incendios en el marco de las manifestac­iones es autor de los delitos.

¿Qué tipos penales se les deberían imputar?

Creo que el tipo penal aplicable es el del artículo 477 del Código Penal, que regula el incendio con daños a terceros y no el tipo penal de incendio agravado, que sanciona a quienes incendien lugares habitados, ferrocarri­les o barcos que estén funcionand­o.

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► El abogado también tomó la representa­ción de 15 estudiante­s de la Aces.

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