“Son manifestantes comunes, lejos de cualquier organización”
El penalista defiende a dos de los cinco formalizados por siniestros agravados en la red subterránea. “Creo que la fiscalía está persiguiendo a cualquier imputado que aparece en los videos”, asegura.
A casi cuatro meses de que se dañaran 79 estaciones de Metro (10 de ellas fueron completamente quemadas y 11 de forma parcial), la fiscalía ha formalizado a nueve personas, entre ellas un menor de edad. Del total de los aprehendidos, a cinco se les presentaron cargos por incendios y al resto, por daños calificados.
Ramón Sepúlveda es abogado de uno de los imputados del incendio de la estación del Metro La Granja y otro de la estación San Pablo. Asumió, además, la defensa de 15 estudiantes de la Coordinadora Nacional Estudiantes Secundarios por una querella que presentó el Ministerio del Interior por Ley de Seguridad Interior del Estado. En este contexto, el abogado de la Universidad de Chile especialista en Derecho Procesal Penal, que trabajó durante cinco años en el Consejo de Defensa del Estado, realiza un análisis de estos casos.
¿Cómo evalúa la indagatoria de la fiscalía por estos ataques?
Las investigaciones se están desarrollando dentro de lo esperado. Hoy lo importante es que se realicen todas las diligencias pertinentes a fin de que sean esclarecidos los distintos hechos que inciden en delitos tan graves y complejos como los que se les imputan a mis representados. Eso sí, creemos que los tipos penales por los que están siendo formalizados los imputados no son acorde a la realidad y eso incide directamente con la investigación y las medidas cautelares, las que esperamos modificar. Es importante darse cuenta que el Ministerio Público por el contexto social está formalizando a los imputados por los delitos más graves, pero que no necesariamente son acorde a la forma en que ocurrieron los hechos. Esto, sin contar que el gobierno está querellándose y pidiendo medidas cautelares en una serie de casos en los que definitivamente los tipos penales no
tienen asidero alguno y las medidas cautelares pedidas son altamente desproporcionadas.
¿Qué le parece el bajo número de imputados?
Esto demuestra que ocurre algo extraño, ya que en estos casos de los incendios del Metro existen cámaras y otros medios de seguridad que habiendo transcurrido bastante tiempo, no entregan resultados. En lo personal creo que la fiscalía está persiguiendo a cualquier imputado que aparece en los videos y que logró determinar su identidad, imputándole delitos tan graves como el incendio, pero sin evaluar que en la mayoría de los casos se trata de jóvenes que estaban en una manifestación grupal, sin que exista posibilidad alguna de que ellos ocasionaran directamente los incendios.
¿Cree que hubo un concierto para estos atentados?
Lo importante es darse cuenta de que existe un doble discurso, porque por un lado el gobierno acusa que se
trata de actos organizados y concertados, afirmando que estos incendios no se pudieron ocasionar por manifestantes que actúan de forma espontánea, entendiendo además los niveles de seguridad que tiene Metro, pero por otro lado persigue a jóvenes que a todas luces son manifestantes comunes, lejos de cualquier organización que actúe con inteligencia. En este punto es clave que a mis clientes, luego de diligencias bastantes intrusivas, no se les encontró nada que los pueda posicionar como parte de algún grupo que organice estos atentados.
En el incendio del Metro San Pablo defiende a Daniel Bustos y en de la estación La Granja a Omar Jerez, ambos en prisión preventiva ¿Cuál es su visión respecto a estas imputaciones?
Nuestra visión es que ellos no son autores del delito de incendio agravado, que es aquel que se comete en un lugar habitado o en sitios como el Metro, habiendo personas a la
que se les causa o se les puede ocasionar la muerte. En nuestra lectura, estos casos son típicos del incendio con daños a terceros, toda vez que en ninguno de los hechos existieron personas afectadas. Aún más, creo que en ninguno estos hechos había personas dentro de las estaciones cuando lo siniestros comenzaron. Junto con lo anterior, imputar una autoría directa a mis representados no es sensato, ya que es imposible que ellos pudieran ocasionar estos incendios, no toda persona que estaba en el lugar de los incendios en el marco de las manifestaciones es autor de los delitos.
¿Qué tipos penales se les deberían imputar?
Creo que el tipo penal aplicable es el del artículo 477 del Código Penal, que regula el incendio con daños a terceros y no el tipo penal de incendio agravado, que sanciona a quienes incendien lugares habitados, ferrocarriles o barcos que estén funcionando.