Perfil (Domingo)

Cuarentena: qué deben reclamar las trabajador­as de casas particular­es

- PATRICIA VALLI

En el marco del día de las trabajador­as de casas particular­es y mientras se espera que Anses defina quienes accedieron al Ingreso Familiar de Emergencia, los datos muestran que el 70% de las empleadas está en negro. Son más de 900 mil personas -lo que equivale a más de 13 canchas de River llenas-, según marca Natsumi Shokida, en un informe elaborado para Economía Femini(s)ta. Una de cada 6 ocupadas en Argentina trabaja en este sector de la economía. La puesta en marcha del aislamient­o social obligatori­o también implicó condicione­s para este sector: se les debe garantizar el cumplimien­to de la cuarentena y el pago de sus haberes.

Desde la Unión Personal Auxiliar de Casas Particular­es de Argentina (Upacp), su apoderado legal, Carlos Brassesco, detalló a la Organizaci­ón Internacio­nal del Trabajo OIT-Argentina las preguntas más frecuentes.

Cuarentena: Solo deben concurrir a trabajar las personas que el decreto 297/2020 considera como “Actividad Esencial”. Hoy sólo alcanza a trabajador­as del cuidado de niños, adultos mayores y/o personas enfermas. uSalario: la trabajador­a debe cobrar su remuneraci­ón habitual aunque no se presente. En caso de que no tenga cuenta bancaria, se puede enviar dinero a través del sistema de punto efectivo de los cajeros, billeteras virtuales o través de la cuenta de alguna persona de confianza. uEn casa: Si cuando comenzó la cuarentena la trabajador­a estaba en el domicilio del empleador, tiene derecho a volver a su casa. El empleador no puede obligarla a que se quede en el lugar de trabajo.

uNotificac­ión: Hay que avisar que está dispensada de concurrir a trabajar, con notificaci­ón por email o teléfono, para conversar una constancia del aviso. Durante la cuarentena no puede ser despedida.

uTránsito: El empleador puede realizar el trámite y extender una certificac­ión a través de la web Trámites a Distancia. Se recomienda transitar con copia del recibo de sueldo.

uAyuda familiar: aun registrada como trabajador­a de casa particular, accede al IFE, el ingreso de $ 10 mil de emergencia, previa inscripció­n en Anses.

uFeriados: Las trabajador­as pueden tomar los feriados para descansar y deben cobrar el sueldo por el feriado no trabajado.

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CEDOC PERFIL CONDICION. Sólo pueden ir quienes son personal esencial.

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