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INJUSTICIA

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Detrás de las noticias de las muertes de Santiago Maldonado y Rafael Nahuel hay un mismo conflicto: la reivindica­ción de tierras por parte de los pueblos originario­s. La reforma constituci­onal de 1994 incorporó en el inciso 17 del artículo 75 el reconocimi­ento de los pueblos indígenas luego de más de un centenar de años de olvido. Sin embargo, la intención de los constituye­n- tes no fue suficiente para resolver el problema aborigen y en el 2006 se sancionó una ley clave, la 16.160, que ordenaba la suspensión de los desalojos judiciales de las comunidade­s y le exigía al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas llevar adelante el relevamien­to técnico jurídico catastral de las comunidade­s, su composició­n y los territorio­s que reclamaban como propios.

La ley declaraba la emergencia y se pensó que debería resolver la cuestión en cuatro años. Sin embargo, pasó el tiempo y no se detuvieron los desalojos ni se hizo el relevamien­to, por lo que el Congreso decidió prorrogar una vez que se cumplió el plazo. Lo mismo volvió a pasar cuatro años más tarde y el 23 de noviembre (el mismo día que el juez Gustavo Villarreal ordenó el desalojo en Mascardi), cuando el Congreso votó en silencio la nueva prórroga.

“Como el Estado incumple con su obligación las comunidade­s van y recuperan de hecho. Esa es la justificac­ión”, explicó a NOTICIAS Silvina Ramírez, de la Asociación de Abogados y Abogadas de Derechos Indígenas. “Si se hubiera hecho el relevamien­to no tendríamos esta situación”, agregó la letrada que insistió en que aunque la ley 16.160 no se aplica como debe ser, su prórroga es fundamenta­l para poder frenar las órdenes de desalojo.

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DIÁLOGO. Está conformado por la Iglesia, el Gobierno y las comunidade­s mapuches para pacificar la zona.

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