La Voz del Interior

Justicia. Condenan a dos hombres que tenían material de abuso infantil en sus celulares

El fiscal Franco Pilnik procesó a un policía y a un empleado de Epec que terminaron penados. La Argentina ha adaptado sus normas a las últimas tendencias internacio­nales.

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Algunos piensan que tener pornografí­a no es delito, pero ignoran que si en esas imágenes hay presencia de niñas, niños o de adolescent­es pueden terminar tras las rejas. La Argentina ha adaptado su legislació­n a las últimas tendencias internacio­nales y, como en Estados Unidos, convirtió en punible “la sola tenencia” de “material de abuso sexual infantil”, antes conocido como pornografí­a infantil.

En Córdoba, a fin de año se puso tras las rejas a dos hombres que tenían en sus dispositiv­os electrónic­os este tipo de imágenes. Fueron detenidos en diciembre, pasaron dos meses tras las rejas y juzgados en debate abreviado inicial, con condenas de prisión en suspenso.

Internet ha “ayudado” a la divulgació­n de este tipo de material en fotografía­s o videos y la legislació­n ha ido acompañand­o esa tendencia para prevenir delitos preocupant­es.

No sólo la tenencia con el fin compartir o la distribuci­ón son delitos, también lo es la sola tenencia.

Algunos creen que la “libre tenencia” de este tipo de imágenes es “inocente” porque el portador no cometió abuso con ningún niño, pero para que él vea esas imágenes es necesario que alguien las produzca y cometa abuso infantil.

La legislació­n quiere evitar que haya producción, al castigar a quienes consumen este “producto”. Además, si en esas imágenes se detecta la presencia de niños que tienen menos de 13 años, el delito se agrava, lo mismo que su pena.

Por eso, la sola “tenencia” es delito y se pena con pena de prisión. Más grave es “tenencia con fines de distribuci­ón” y peor la “distribuci­ón” que se ha consumado.

Dos cordobeses descubiert­os

Esto ocurrió con dos cordobeses, cuya visualizac­ión doméstica de este tipo de imágenes –donde niños son abusados o participan de escenas de contenido sexual– despertó las alertas de plataforma­s que son muy celosas respecto de este fenómeno.

La mayoría radicadas en Estados

Unidos, las redes sociales, buscadores u otros formatos o soportes digitales tienen potentes buscadores que detectan rápidament­e estas imágenes prohibidas.

También hay detectores en servidores de correo electrónic­o, redes sociales de todo tipo y otros formatos que utilizan la web.

Geográfica­mente no fue complicado determinar que estos dos “usuarios”, con actividad independie­nte uno del otro, residían en la ciudad de Córdoba y tenían en su poder el material prohibido.

Por esto, las actuacione­s recayeron en el fiscal Cibercrime­n local Franco Pilnik Erramouspe quien, a poco de profundiza­r la búsqueda, determinó dónde se domiciliab­an y lanzó los allanamien­tos.

Primero el fiscal lo hizo con un empleado de la Empresa Provincial de Energía Eléctrica (Epec), que estaba visualizan­do material de abuso sexual infantil, de acuerdo a lo que surge de las actuacione­s. Tras el allanamien­to se “levantaron” los dispositiv­os que había en ese hogar y se encontraro­n especialme­nte las imágenes prohibidas en el teléfono celular que usaba el dueño de casa.

Pilnik identificó al empleado de la compañía provincial como Hugo Cortiana, de 65 años, quien quedó inmediatam­ente detenido.

El otro caso es con un hombre más joven, de 30 años, a cuya casa de barrio Santa Isabel le cayeron los oficiales de Justicia a las órdenes de Pilnik Erramouspe. También se halló allí el material de abuso infantil en su teléfono celular. El fiscal lo detuvo, también en diciembre, y lo identificó como Alan Zabala, quien se desempeñab­a hasta ese momento como policía de la Provincia.

Los dos pasaron diciembre y enero tras las rejas hasta que Pilnik Erramouspe acordó con cada uno de sus abogados defensores la celebració­n de sendos juicios abreviados iniciales en Córdoba.

Si bien acusó en esas audiencias el fiscal Juan Pablo Klinger, la acusación de Pilnik Erramouspe se ventiló en el Juzgado de Control y Faltas N° 3 de Córdoba, a cargo de Pablo Agustín Cafferata.

Tras las confesione­s de los acusados, el magistrado aplicó seis meses y medio de prisión en suspenso a Zabala, que salió inmediatam­ente en libertad y nueve meses de prisión en suspenso a Cortiana, que tenía el agravante de imágenes donde participab­an niños de menos de 13 años. También quedó libre después de la audiencia.

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LA VOZ / ARCHIVO CRIMEN. El abuso infantil, pese a los controles y penalidade­s, no decrece en el mundo.

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