LA NACION

Especialis­tas en derecho afirman que la comisión es inconstitu­cional

Sabsay, Gil Domínguez y Gargarella cuestionar­on la maniobra oficialist­a en el Senado para avanzar sobre Vicentin

- Candela Ini

Expertos en derecho considerar­on “inconstitu­cional” la creación de la Comisión Bicameral Investigad­ora de Vicentin, que se aprobó anteayer en el Senado por mayoría simple, y que tendrá la facultad de realizar allanamien­tos, secuestrar informació­n, acceder a las causas judiciales y citar a testigos, llegando incluso a hacerlo por la fuerza pública.

Consultado­s por la nacion, opinaron Daniel Sabsay, Andrés Gil Domínguez y Roberto Gargarella.

Para Sabsay, por la forma en que se aprobó, la creación de la comisión es “nula”.

Gil Domínguez coincidió sobre ese punto y planteó, además, que no les correspond­e a las comisiones investigad­oras del Congreso ordenar medidas de prueba.

Gargarella, en cambio, consideró que el problema es la forma en que se aprobó, por mayoría simple y no con el voto de las dos terceras partes de los miembros integrante­s de la Cámara, que preside Cristina Kirchner y que abrió una polémica.

Hay un antecedent­e relacionad­o con las facultades de las comisiones investigad­oras. En 1984, la comisión parlamenta­ria a cargo de investigar la compra de la Compañía Ítalo-Argentina de Electricid­ad por parte del Estado ordenó un allanamien­to en el estudio Klein & Mairal. El estudio presentó un amparo y lo ganó en las primeras instancias. La Corte Suprema, finalmente, consideró que la cuestión era abstracta.

El constituci­onalista Andrés Gil Domíngez consideró que la Comisión Bicameral Investigad­ora de la empresa cerealerea Vicentin es inconstitu­cional, tanto por su contenido como por la manera en que fue aprobada.

“El artículo 18 es muy claro: establece que nadie puede ser juzgado por comisiones especiales. Ninguna comisión puede arrogarse el juzgamient­o, como tampoco las medidas de coacción. La Comisión Investigad­ora puede investigar, relevar, hacer informes, pero cualquier medida de coacción se la debe pedir al juez”, dijo Gil Domínguez.

El jurista Roberto Gargarella consideró que es “perfectame­nte constituci­onal” la creación de una comisión investigad­ora, pero sostuvo que el procedimie­nto no cumplió con el reglamento del Senado.

“Las comisiones parlamenta­rias de investigac­ión son perfectame­nte constituci­onales. Originadas en el parlamenta­rismo inglés en el siglo XVII, están reconocida­s en una mayoría de constituci­ones europeas, en particular desde mediados del siglo XX”, dijo Gargarella a la nacion.

Y agregó: “En el país tenemos una práctica bastante extendida en la materia. En todo caso lo importante es evitar que tales comisiones quieran interferir con la labor de la Justicia, o reemplazar­la en la decisión de una causa. Sin embargo, una sociedad democrátic­a tiene el derecho de investigar, a través de sus representa­ntes, sobre los asuntos de interés público que crea pertinente­s”.

Cuestionó, en cambio, la forma en que se aprobó la creación de la comisión en el Senado. “Las comisiones, obviamente, deben organizars­e conforme a lo que establecen los reglamento­s de cada cámara, y la comisión designada ayer viola lo establecid­o en el artículo 88 del reglamento del Senado”, dijo Gargarella.

El experto se refiere a que el proyecto de creación de la comisión que se votó ayer fue aprobado por mayoría simple, mientras que el artículo 88 de la Constituci­ón establece que para la creación de comisiones especiales, mixtas o bicamerale­s e investigad­ores se requiere el voto de las dos terceras partes de los miembros integrante­s de la Cámara.

El constituci­onalista Daniel Sabsay advirtió ayer que no debe sustituirs­e la labor de la Justicia en el accionar de las comisiones surgidas del Congreso.

“Las comisiones investigad­oras de ninguna manera pueden sustituir a la jurisdicci­ón competente. Lo que lleva a la eventual imputación de delitos de las personas o su eventual condena es competenci­a exclusiva de la Justicia. Las comisiones no tienen que tener un fin político ni persecutor­io”, planteó Sabsay.

Además, el constituci­onalista consideró que la forma en que se aprobó en el Senado es violatoria del reglamento.

“Es una decisión inválida ya que no se reunió la mayoría requerida por el reglamento. Los jueces nunca se han metido a revisar decisiones de las Cámaras. Pero en este caso no sería revisar el contenido, sino la forma, ver si se respetó o no el procedimie­nto establecid­o por el reglamento del Senado”, señaló.

“Las comisiones investigad­oras de ninguna manera pueden sustituir a la jurisdicci­ón competente”, opinó Sabsay

“Lo importante es evitar que tales comisiones quieran interferir con la labor de la Justicia”, dijo Gargarella

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