LA NACION

Aún hay jueces en la ciudad

- Félix V. Lonigro Profesor de Derecho Constituci­onal UBA-UAI-UB

El Tribunal Superior de la CABA resolvió hace algunos días que el bloqueo de la plataforma digital Uber, que previament­e había sido dispuesto por los jueces de primera y segunda instancia, es definitiva­mente inconstitu­cional y que, por lo tanto, debe cesar.

La decisión judicial no solo es importante para los millones de usuarios que utilizan el servicio, sino también para todos los ciudadanos que hacen de la prestación de aquel un modo de ganarse la vida.

El bloqueo judicial de la plataforma digital Uber por parte de jueces inferiores de la ciudad capital de la república, “desbloquea­do” por el Tribunal Superior porteño, constituía un verdadero desatino jurídico.

En primer lugar, violaba el sistema federal de gobierno instituido en la Constituci­ón nacional, ya que la Justicia local de una provincia –en este caso, de la ciudad de Buenos Aires– no puede tomar una decisión que alcance a todo el territorio de la Nación. En segundo lugar, porque vulneraba el reparto o coordinaci­ón de potestades que la Ley Fundamenta­l realiza entre el gobierno de la Nación y las unidades federativa­s. En efecto, la autoridad habilitada para reglamenta­r el servicio de intermedia­ción digital desarrolla­do por Uber es solamente la nacional, ya que los servicios que se prestan a través de plataforma­s digitales no reconocen límites ni fronteras territoria­les e ingresan en la categoría del denominado “comercio electrónic­o” (e-commerce), cuya potestad regulatori­a está constituci­onalmente asignada al Congreso de la Nación.

Del mismo modo, en el ámbito de la Justicia, el fuero contravenc­ional de la ciudad de Buenos Aires no tenía potestades para sostener el absurdo bloqueo, cuando la ley 27.078 dispone que para ello debería intervenir, de correspond­er, la Justicia Federal.

Como si esto fuera poco, la ilegalidad del bloqueo de la plataforma Uber había sido advertida por la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos (CIDH), la que al efectuar el informe anual de 2017 referente al ejercicio de la libertad de expresión en internet en los diferentes países de América condenó los bloqueos de la web, app y tarjetas de Uber. Lo mismo habían hecho organizaci­ones no gubernamen­tales como Freedom House o Access Now, para las cuales bloquear una página web o una aplicación es contrario a la libertad de expresión y al principio de neutralida­d de la red, salvo en casos de pornografí­a infantil y apología del odio racial o la guerra.

La decisión del Tribunal Superior de la CABA es auspiciosa porque purga la in constituci­onalidad de las decisiones judiciales de primera y segunda instancia, satisface las necesidade­s de miles de habitantes que encuentran en ese servicio de intermedia­ción una enorme utilidad y destaca el indisolubl­e vínculo que existe entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho a comunicars­e e informarse por medio de internet. Esos derechos estuvieron seriamente cuestionad­os durante la vigencia de un bloqueo inadmisibl­e que afortunada­mente forma parte del pasado y que no debería repetirse.

Una vieja historia cuenta que el rey Federico II de Prusia pasó por las tierras de un campesino en las que había un molino que este utilizaba para trabajar, y como el molino afectaba la belleza del paisaje quiso comprarle las tierras a su dueño para demolerlo. Ante la negativa del campesino, el rey ordenó expropiar sus tierras. El campesino acudió a la Justicia y esta impidió que se perpetrara el atropello, es decir, le advirtió al rey que todavía había jueces en Berlín.

A la luz del fallo del Tribunal Superior de la CABA, parece ser que “aún hay jueces en la ciudad de Buenos Aires”.

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