ART: rechazan que los jueces fijen prestaciones arbitrarias
La Corte Suprema revocó una decisión de la cámara laboral que ordenaba pagar un monto superior al que surge de la fórmula de la ley
La Corte Suprema de Justicia revocó ayer un fallo de la cámara laboral que, en un caso de muerte por accidente laboral, había ordenado pagar una indemnización superior a la prevista por ley. Para los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco (Horacio Rosatti votó en disidencia) no es admisible que la Justicia disponga en forma “arbitraria” cuál es el monto a pagar para el resarcimiento.
La decisión fue tomada en la causa “Marando, Catalina Graciela c/QBE Argentina ART”, que había sido tratada previamente por la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. En esa instancia, los jueces Néstor Rodríguez Brunengo y Estela Ferreirós habían considerado que la cifra de la prestación a la que se llegaba con la fórmula legal “no se adecuaba a los lineamientos constitucionales” y por eso, invocando razones como la edad del fallecido, decidieron establecer una cifra superior.
Para los jueces supremos, ese monto dispuesto en segunda instancia es “absolutamente arbitrario” y, para su determinación, sólo se invocaron “principios genéricos vinculados con la equidad de la reparación” y se recurrió a algunas “circunstancias particulares del trabajador fallecido”. La sentencia señala que con esos elementos se fijó una indemnización sin hacer caso a la ley y sin que ésta fuera declarada inconstitucional.
La novedad judicial fue bien recibida tanto en el sector de las aseguradoras de riesgos del trabajo como en el Gobierno. “La Corte ratifica el criterio de fallos precedentes respecto de la constitucionalidad del sistema de indemnizaciones tarifadas de la ley”, sostuvieron en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, la autoridad regulatoria del sistema. Según el organismo, podría existir un cuestionamiento a los pagos de la seguridad social si éstos “no resultan suficientes e integrales”, algo que, consideran, hoy no ocurre.
Para la Unión de ART, en tanto, el fallo “ataca la arbitrariedad de algunos jueces al momento de fijar las indemnizaciones laborales por accidentes de trabajo”. La entidad que agrupa a las aseguradoras destacó el hecho de que en el caso analizado los jueces del fuero laboral no explicaron cómo llegaron a la suma de dinero que consideraron más justa (se planteó un pago de $ 700.000 en lugar de los $ 435.103,50 que resultaban de la fórmula prevista en la regulación del sistema).
“Destaco el aval al sistema tarifado, que es la base imprescindible para que funcione un esquema de seguros que dé certidumbre al empleador por sus costos y al trabajador en materia de cobertura en tiempo y forma”, dijo a la nacion Mara Bettiol, presidenta de la UART.
En la superintendencia también interpretaron que lo decidido ayer va en línea con la necesidad de dar previsibilidad. “El objetivo de fortalecer el sistema llevó a la promulgación de la ley complementaria de riesgos del trabajo [aprobada este año] para asegurar a los trabajadores que sufran un accidente o enfermedad profesional, prestaciones automáticas e integrales con la sola acreditación ante las comisiones médicas de la contingencia”.
Esa última reforma del sistema (la ley 27.348) dispuso, entre otras cuestiones, que si un trabajador quiere ir a juicio ante la disconformidad con lo que le ofrece la ART debe pasar antes por la comisión médica para ser evaluado. La sentencia emitida ayer está originada en un caso anterior a esa reforma, que también mejoró las prestaciones y que hoy tiene en la Justicia siete acciones de clase que piden que sea declarada inconstitucional (son grupos que dicen verse afectados, como el Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires).
El sistema sigue así a la espera de la palabra de la Justicia, pero también de la adhesión a la nueva ley por parte de las provincias, ya que eso es necesario para que se ponga en vigor en cada jurisdicción. Hasta ahora, la ley rige en la ciudad de Buenos Aires y la provincia de Córdoba aprobó su adhesión.